Convenio de colaboración social entre la Agencia Tributaria de Andalucía y el Consejo General de la Abogacía Española.

Fecha de suscripción
Partes firmantes
DIRECTOR DE LA AGENCIA TRIBUTARIA DE ANDALUCÍA.
SECRETARIA GENERAL DEL CONSEJO GENERAL DE LA ABOGACÍA ESPAÑOLA.
Duración
El presente Convenio tendrá una vigencia de cuatro años desde la fecha de su firma, pudiéndose antes de la finalización del plazo, su prórroga por los firmantes del Convenio por un periodo de hasta cuatro años más.

Objeto

Convenio de colaboración social entre la Agencia Tributaria de Andalucía y el Consejo General de la Abogacía Española para la presentación y pago de autoliquidaciones, así como para la presentación de declaraciones, comunicaciones o cualquier otro documento con trascendencia tributaria mediante la utilización de técnicas y medios electrónicos, informáticos y telemáticos en representación de terceros.

 

Obligaciones económicas

El presente convenio no tiene contenido económico, por lo que no dará lugar a contraprestaciones económicas entre las partes.

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