SESIÓN DEL

El Consejo de Gobierno aprueba la extinción de la Cámara de Comercio de Jaén

Las cámaras de Comercio, Industria y Servicios de Andújar y Linares asumen sus funciones, pero no la deuda acumulada

El Consejo de Gobierno ha aprobado el decreto por el que se acuerda la extinción de la Cámara Oficial de Comercio e Industria de Jaén y se asignan las funciones de la misma a las cámaras oficiales de Comercio, Industria y Servicios de Andújar y Linares, hecho
que entrará en vigor a partir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. Esta decisión ha sido tomada tras aprobar el informe y el balance final del Plan de Liquidación de la Cámara Oficial de Comercio e Industria de Jaén de la
administradora independiente PricewaterhouseCoopers Tax & Legal, S.L.

En el año 2017 se acordó la apertura del proceso electoral para la renovación del pleno de la Cámara Oficial de Comercio e Industria de Jaén, así como la disolución de sus órganos de gobierno y se designó una comisión gestora que se haría cargo de la
corporación en tanto se celebrase el proceso electoral y se constituyese el nuevo pleno. Dicha comisión informó a la Junta de Andalucía de la situación de inviabilidad económico-financiera y patrimonial por la que atravesaba la Cámara de Jaén, así como
la imposibilidad de constitución de órganos de gobierno de conformidad con lo dispuesto en la Ley de Cámaras de Andalucía (Ley 4/2019, de 19 de noviembre).

Ante tal situación, se instó, en el ejercicio de las potestades administrativas de tutela que se recogen en el artículo 48 de la Ley, el inicio del procedimiento de extinción para salvaguardar los intereses generales de la ciudadanía y dando respuesta a las
necesidades de las empresas radicadas en la provincia de Jaén. Sin embargo, no se pudo iniciar el proceso para su liquidación y extinción hasta 2020, cuando fue aprobada la Ley 4/2019, de 19 de noviembre, de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria,
Servicios y Navegación de Andalucía, donde se contempla el procedimiento para este tipo de casos, ya que la anterior normativa no lo recogía.

Dicha ley establece en su artículo 59.3 que “en ningún caso podrá asumirse obligación alguna para la Consejería competente en materia de cámaras, no pudiendo quedar directa o indirectamente vinculada por los saldos deudores derivados de la liquidación,
de los cuales responderá exclusivamente el patrimonio de la cámara extinguida”.

El decreto aprobado también recoge que las cámaras oficiales de Comercio, Industria y Servicios de Andújar y de Linares serán las que asuman con carácter definitivo las funciones de la Cámara Oficial de Comercio e Industria de Jaén, definidas en el artículo
4 de la Ley 4/2019, de 19 de noviembre, no quedando en ningún caso vinculadas por los saldos deudores de la Cámara extinguida. Además, ambas cámaras pasarán a denominarse Linares-Jaén y Andújar-Jaén.

Asimismo, el decreto especifica que “la asunción definitiva de las funciones de la Cámara extinta se mantendrá hasta la creación, en su caso, de una nueva Cámara provincial, siempre que cuente con recursos suficientes para el cumplimiento de las
funciones encomendadas en la Ley de Cámaras”. Esta solvencia se establecerá cuando “los ingresos previstos asciendan, como mínimo, al diez por ciento de los ingresos de todas las Cámaras de Andalucía en el último ejercicio”.

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