LA JUNTA APRUEBA EL REGLAMENTO DE BIENES DE LAS ENTIDADES LOCALES
El Consejo de Gobierno ha aprobado el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía, texto que regula el uso que las diputaciones, ayuntamientos y mancomunidades pueden hacer de su patrimonio, así como los procedimientos de adquisición, venta, cesión y permuta.
La nueva norma, que sustituye a la reglamentación estatal utilizada hasta ahora como referencia, permitirá a las corporaciones locales actuar con más flexibilidad a la hora de disponer de sus bienes y patrimonios de forma adecuada a los modos y figuras que actualmente rigen en el mercado inmobiliario. Así, entre otras novedades, el reglamento introduce fórmulas procedentes del derecho privado como la permuta de cosa futura, mediante la cual un municipio puede ceder suelo a cambio de parte de las instalaciones que se construyan.
Respecto a la venta de bienes, junto con la subasta se incluyen procedimientos no recogidos expresamente en normativas anteriores, como el concurso público y la enajenación bajo determinadas condiciones. También se regula por primera vez la autorización de usos distintos de los habituales en espacios públicos, decisión que sólo podrá ser adoptada por el Pleno del Ayuntamiento y deberá ir respaldada por una memoria justificativa.
La normativa autonómica otorga especial importancia al inventario de bienes y obliga a los entes locales a mantenerlo constantemente actualizado, dado que constituye una garantía de su patrimonio.
En caso de que un bien sea dañado, el reglamento hace responsable a su gestor si el perjuicio se produce por dolo, culpa o negligencia grave de éste, dando lugar tanto a indemnizaciones como a los correspondientes expedientes sancionadores. En los supuestos de daños causados por ciudadanos, los ayuntamientos serán competentes para imponer las multas y establecer sus cuantías, que deberán oscilar entre los 60 y los 3.005 euros para las infracciones leves, hasta 15.025 euros para las graves y hasta 30.005 para las muy graves.
Por último, la norma aprobada hoy refuerza las competencias de los entes locales para proteger su patrimonio antes de tener que recurrir a la vía judicial, a través de la mejora del procedimiento de desahucio administrativo y de un amplio dispositivo de poderes jurídicos destinados a salvaguardar los bienes de propiedad pública.
La Junta