APROBADA LA REGULACIÓN DE LAS ENSEÑANZAS DEPORTIVAS DE ATLETISMO, BALONCESTO, BALONMANO Y MONTAÑA
El Consejo de Gobierno ha aprobado el decreto que regula las enseñanzas correspondientes a los títulos de técnico deportivo y técnico deportivo superior de las especialidades de Atletismo, Baloncesto, Balonmano y Montaña y Escalada. La norma establece los planes de estudios y los requisitos y pruebas específicas para el acceso a estas titulaciones, dirigidas a desarrollar actividades como el entrenamiento y preparación física de deportistas, la dirección técnica de equipos o la gestión de instalaciones deportivas.
Estas enseñanzas deportivas se estructuran en un bloque común con contenidos coincidentes y obligatorios para todas las modalidades y especialidades; un bloque específico, que incluye los módulos de formación técnica propios de cada modalidad, y un bloque complementario, que comprende temas como la utilización de recursos tecnológicos en el deporte o la formación deportiva de personas con discapacidad. Los estudios concluyen con un bloque de formación práctica para completar los conocimientos adquiridos en la etapa académica.
El acceso a las enseñanzas de grado medio (título de técnico deportivo) requiere estar en posesión del título de Graduado en Educación Secundaria o equivalente, así como superar las pruebas de acceso de carácter específico. Por su parte, para cursar el grado superior (técnico deportivo superior), se exige el título de Bachiller o equivalente y la correspondiente prueba de acceso.
Las especialidades de Atletismo, Baloncesto y Balonmano establecen tres títulos: técnico deportivo de primer nivel, técnico deportivo de segundo nivel y técnico deportivo superior. Por su parte, las modalidades de montaña y escalada incluyen los títulos de técnico deportivo en las especialidades de Alta Montaña, Barrancos, Escalada y Media Montaña, y de técnico deportivo superior en Alta Montaña, Escalada y Esquí de Montaña.
El decreto aprobado hoy también prevé la posibilidad de que los deportistas de alto nivel puedan acceder a estas enseñanzas sin necesidad de realizar las pruebas de carácter específico, siempre que cumplan con los requisitos de titulación exigidos y acrediten su cualificación mediante un certificado individual expedido por el Consejo Superior de Deportes.
La Junta