SESIÓN DEL

LA NUEVA LEY DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA JUNTA GARANTIZARÁ EL DERECHO A LA TRAMITACIÓN ELECTRÓNICA

El Consejo de Gobierno ha aprobado el proyecto de Ley de la Administración de la Junta, texto que, entre otros aspectos, garantizará a la ciudadanía el derecho a la tramitación electrónica. Andalucía se convertirá así en la primera comunidad autónoma en regular esta materia a través de una ley.

La futura norma regulará la organización, el funcionamiento y el régimen jurídico de la Junta y sus entidades instrumentales de una forma separada del Gobierno andaluz, cuya norma básica se aprobó en octubre de 2006. Ambos textos sustituirán a la anterior Ley 6/1983 del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma.

Las principales aportaciones del proyecto de ley se centran en reforzar los derechos de la ciudadanía ante la actuación administrativa, especialmente los relativos a información, petición y acceso a archivos y registros.

El texto recoge la obligación de la Administración autonómica de agilizar la relación con los ciudadanos a través de los registros telemáticos, lo que permitirá la entrada de documentos electrónicos a través de redes abiertas de telecomunicación todos los días del año durante las 24 horas. El objetivo es generalizar el uso la firma electrónica, instrumento del que actualmente se benefician de forma gratuita cerca de 220.000 andaluces, así como ofrecer el mayor número posible de trámites y servicios a través de las redes telemáticas (ahora cifrados en 250).

Asimismo, la futura ley obligará a la Administración autonómica a informar de manera actualizada sobre su organización, procedimientos vigentes y canales de atención a la ciudadanía (presencial, correo electrónico, teléfono, correo postal, etc.).

El proyecto incorpora también una nueva organización del sector público autonómico a través de la llamada Administración Instrumental, en la que se engloban las distintas entidades vinculadas o dependientes de la Junta, con el fin de ganar agilidad y acentuar la función de prestación de servicios. Estas entidades recibirán la denominación de Agencias Administrativas cuando se trate de organismos con personalidad jurídica pública y de Agencias Públicas Empresariales si prestan servicios públicos pero están sujetas al Derecho privado. Así, por ejemplo, el Instituto Andaluz de la Mujer tendrá la consideración de Agencia Administrativa, mientras que la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía se inscribirá en el segundo grupo.

Finalmente, el texto aprobado hoy por el Consejo de Gobierno garantizará también la representación equilibrada entre hombres y mujeres en el nombramiento de las personas titulares de los órganos directivos de la Administración autonómica.

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