LOS DIRECTORES DE LOS CENTROS EDUCATIVOS PÚBLICOS MEJORARÁN SUS RETRIBUCIONES EL PRÓXIMO CURSO
Los directores de los centros educativos públicos no universitarios mejorarán el complemento retributivo con el que se reconoce la responsabilidad y dedicación exigida a sus cargos. Así se recoge como principal novedad en el nuevo decreto regulador de la selección de estos profesionales, aprobado hoy por el Consejo de Gobierno.
La entrada en vigor de esta norma, que deroga la anterior de 2004 para adaptarse a la Ley Orgánica de Educación, supondrá duplicar a partir del próximo curso el complemento salarial de las personas que están al frente de la dirección de los colegios e institutos dependientes de la Consejería de Educación.
Otras novedades recogidas en el decreto son la ampliación de los mandatos de tres a cuatro años y la posibilidad de que los directores que hayan ejercido durante al menos tres años de estos periodos, con evaluación positiva de su actividad, accedan mediante concurso de méritos al Cuerpo de Inspectores de Educación.
La norma mantiene el procedimiento de selección y nombramiento que actualmente se sigue, por concurso de méritos y de conformidad con los principios de igualdad, publicidad, mérito y capacidad, mediante comisiones integradas por miembros de la comunidad escolar y la Administración educativa. El objetivo es designar las candidaturas profesionalmente más idóneas y que obtengan el mayor respaldo.
De acuerdo con el decreto, un baremo valorará tanto los méritos tanto académicos como profesionales de los aspirantes, quienes para acceder a la dirección deberán reunir los siguientes requisitos: tener una antigüedad de al menos cinco años como funcionario de carrera, haber impartido docencia directa como funcionario durante cinco años en alguna de las enseñanzas que ofrece el centro al que opta, estar prestando servicios efectivos en el mismo con una antigüedad de al menos un curso completo y presentar un proyecto de dirección con objetivos y líneas de actuación.
La selección del candidato la realizará una comisión de composición paritaria de hombres y mujeres e integrada por dos representantes de los padres de alumnos, dos del alumnado, uno del personal de administración y servicios, otro del personal de atención educativa complementaria y representantes del profesorado en número igual a la suma de los del resto de los sectores. Finalmente, por parte de la Administración autonómica, participará en la comisión el inspector de educación de referencia del centro docente.
Las candidaturas seleccionadas deberán superar un programa de formación inicial de carácter teórico-práctico del que quedarán eximidos los profesores que acrediten en la función directiva una experiencia de al menos dos años (uno de ellos ininterrumpido).
Al finalizar el mandato, los directores serán evaluados con el fin de analizar el desarrollo de la función directiva y estimular y apoyar la mejora de su práctica profesional. Para ello se tendrán en cuenta criterios como el cumplimiento de los objetivos previstos, la mejora de la colaboración del centro con las familias, el fomento de la convivencia y el impulso de un clima escolar favorable al estudio.
La Junta