Acuerdo de colaboración para la coordinación de actuaciones en materia de salud y deporte.

Fecha de suscripción
Partes firmantes
El Consejero de Educación y Deporte.
El Consejero de Salud y Familias
Duración
El presente Acuerdo de colaboración entrará en vigor y surtirá efectos el día de su firma y tendrá una duración de cuatro años, pudiendo acordarse su prórroga por cuatro años más, por acuerdo expreso y por escrito antes de la finalización de la vigencia de este Acuerdo de colaboración

Objeto

Establecer las condiciones generales y básicas necesarias para ofrecer una intervención coordinada a los ciudadanos andaluces, diseñando un esquema de actuación compartido entre los Servicios de las Consejerías firmantes para la promoción de hábitos saludables a través del deporte, el fomento de una práctica deportiva saludable, la mejora de la formación del personal sanitario y el fomento de la investigación en medicina y ciencias del deporte.

Obligaciones económicas

Para el desarrollo de las medidas específlicas que se acuerden, las Consqerías que la suscriben programarán, en su caso, los recursos económicos necesarios en sus conespondientes presupuestos anuales y podrán celebrar convenios o conciertos con cuantas entidades públicas o privadas tengan la intención de colaborar en su aplicación.

Índice