Tasa por servicios administrativos de concesión de la etiqueta ecológica de la Unión Europea
Actualización 2026 (artículo 38, Ley 8/2025, de 22 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2026.)
| Tasa por servicios administrativos de concesión de la etiqueta ecológica de la Unión Europea | Cuota Tributaria | |||
| La tasa se exigirá de acuerdo con la siguiente tarifa: | ||||
| 1. Por cada solicitud de concesión de la etiqueta ecológica solicitada por pequeñas y medianas empresas, y para los operadores en los países en desarrollo | 351,24 euros | |||
| 2. Por cada solicitud de concesión de la etiqueta ecológica solicitada por microempresas. | 234,16 euros | |||
| 3.Por solicitud no incluida en los apartados 1 ó 2. | 468,32 euros | |||
| Los costes generados por las pruebas que pueden resultar necesarias en relación con los productos o servicios sujetos a solicitud de la etiqueta ecológica serán satisfechos por los solicitantes o titulares. A estos efectos se estará a la definición de microempresas, pequeñas y medianas empresas prevista en el artículo 2 del anexo I del Reglamento (UE) núm. 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea. |
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| Beneficios fiscales | ||||
| 1. La tasa por solicitud de concesión de la etiqueta ecológica será objeto de las siguientes reducciones: | ||||
| a) Reducción del 30%, para los solicitantes registrados en el sistema comunitario de gestión y auditoría medioambientales (EMAS), siempre que su alcance comprenda la fabricación de los productos o prestación del servicio para el/los que se solicita la etiqueta ecológica de la UE (EU Ecolabel). b) Reducción del 15%, para los solicitantes que dispongan de certificación conforme a la norma ISO 14001, siempre que su alcance comprenda la fabricación de los productos o prestación del servicio para los que se solicita la etiqueta ecológica de la UE. |
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| 2. Las reducciones estarán sujetas a la condición de que el solicitante se comprometa expresamente a mantener el registro en el sistema comunitario de gestión y auditoría medioambientales (EMAS) o la certificación conforme a la norma ISO 14001 durante el período de validez del contrato Ecolabel. | ||||
| 3. Las reducciones no serán acumulativas, cuando se satisfagan ambos sistemas solo se aplicará la reducción más elevada. | ||||
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