Acuerdo de colaboración entre la Agencia de Seguridad y Gestión Integral de Emergencias de Andalucía y la Consejería de Salud y Consumo para implementar mejoras en la atención a las personas con trastorno mental grave en situaciones de emergencia

Fecha de suscripción
Partes firmantes
El Presidente de la Agencia de Seguridad y Gestión Integral de Emergencias de Andalucía
La Consejera de Salud y Consumo
Duración
El presente acuerdo producirá efectos desde el día de su firma y tendrá una vigencia inicial de cuatro años, que se prorrogará automáticamente por períodos de idéntica duración, a menos que una de las partes comunique por escrito a la otra su voluntad de darlo por extinguido. La comunicación deberá presentarse con una antelación mínima de tres meses al vencimiento del plazo de vigencia o de cualquiera de sus prórrogas.

Objeto

El presente acuerdo tiene por objeto establecer la regulación de las actuaciones conjuntas a desarrollar entre la  Agencia de Seguridad y Gestión Integral de Emergencias de Andalucía y la Consejería de Salud y Consumo encaminadas a facilitar el acceso de las personas que padecen Trastorno Mental Grave a recursos normalizados prestados por las administraciones públicas, ante situaciones de grave riesgo colectivo, catástrofe, calamidad pública u otras en las que resulte necesaria la intervención conjunta y coordinada de ambas partes.

Modificaciones

La modificación del clausulado del presente acuerdo de colaboración requerirá acuerdo expreso y unánime de las partes firmantes, y se formalizará mediante la suscripción de la correspondiente adenda.

Obligaciones económicas

De las actuaciones previstas en el presenta acuerdo no se derivan contraprestaciones de naturaleza económica para las partes firmantes, más allá de las derivadas del normal funcionamiento de los servicios públicos a los que se refiere.

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