La variable edad en la gestión de la seguridad y salud en el trabajo: adaptación generacional e incorporación en la vigilancia de la salud de los trabajadores [LADEP]

Andalucía, 05/03/2026
hombre trabajando en taller

El 10 de febrero de 2026 se firmó un acuerdo entre el Gobierno de España y las centrales sindicales UGT y CCOO para la mejora y modernización de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales. Entre otros aspectos se acordó incluir la perspectiva de género y de edad para una adaptación generacional necesaria ante el envejecimiento de la población laboral. 

La Agencia Europea ya ha dado muestras de la necesidad de priorizar este tema, reflejándolo por ejemplo en el documento “La gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo en el contexto de una mano de obra de edad avanzada”. En este documento se pone de manifiesto el aumento del nivel de empleo y la prolongación de la vida laboral han sido objetivos desde finales de los años 90 tanto en las políticas nacionales como europeas. El motivo es porque la tasa de empleo de la EU-27 para las personas de entre 55 y 64 años aumentó del 40,5 % en 2005 al 58,5 % en 2018. Porcentaje que sigue estando muy por debajo de la tasa de empleo de las personas entre 20 y 64 años de edad, que se situó en el 72,6 % en 2018.

Siendo conocedor de esta problemática, el Laboratorio de Enfermedades Profesionales de Andalucía organizó, el 7 de noviembre de 2025, un Seminario sobre 'la perspectiva de edad en la vigilancia sanitaria específica de los trabajadores'. Celebrado en las instalaciones del Centro de Prevención de Riesgos Laborales de Sevilla y contando con su colaboración en la organización.

El aumento de la esperanza de vida junto con la aplicación de estrategias de promoción de la vida saludable así como de prevención primaria y secundaria ha supuesto una prolongación de la vida laboral activa en un número creciente de trabajadores. No se contempla de forma generalizada en los protocolos de vigilancia sanitaria frente a riesgos específicos del puesto de trabajo la perspectiva de edad en las exploraciones a realizar, en los criterios de valoración o en la periodicidad del examen de salud.

En el Seminario se reflexionó desde la perspectiva de la Medicina del Trabajo sobre cómo introducir la variable edad en dichos protocolos para considerar las alteraciones no patológicas que se producen en el organismo como consecuencia directa de la edad.  Dado que desde el ámbito de la Medicina del Trabajo se hace preciso abordar la vigilancia sanitaria específica de esos trabajadores para garantizar la continuidad laboral en condiciones de seguridad y salud. Este problema incumbe al conjunto de los profesionales de los Servicios de Prevención de Riesgos Laborales públicos y privados: médicos especialistas en medicina del trabajo, enfermeras especialistas en enfermería del trabajo, residentes de ambas especialidades; así como a los técnicos de prevención de riesgos laborales, a los representantes de trabajadores y empresarios, profesionales sanitarios del SAS y entidades privadas, y del ámbito académico.

Entre las conclusiones del Seminario:

  • que la  edad es un determinante importante de la salud y debe tenerse en cuenta en la vigilancia de la salud de los trabajadores, en los diferentes tramos de edad
  • que es necesario incluir la edad en los protocolos de vigilancia de la salud de los trabajadores, para lo que sería oportuno constituir un Grupo de Trabajo que analice la forma de incluirlo en los protocolos y que en dicho grupo, como es preceptivo, deben participar representantes de los agentes económicos y sociales, que garantice el necesario discriminación
  • que no debe representar una carga económica para las pequeñas y medianas empresas, y que salvo que exista normativa debe entenderse como voluntario
  • que las nuevas tecnologías y los avances tecnológicos de la Inteligencia Artificial pueden facilitar el diagnóstico o el tratamiento, reduciendo cargas de trabajo o las exposiciones a tóxicos, pero si no se tiene en cuenta la adaptación de los trabajadores a dichas tecnologías, en la que la edad es importante, pueden favorecer la discriminación y el despido, por la “brecha digital” que puede crearse.   

Sin embargo, la edad avanzada no debería considerarse una discapacidad en sí misma sino una capacidad diferenciada respecto a las edades jóvenes. No deberíamos caer en “edadismo”, marginando a las personas de edad porque, al igual que una persona de más de 60 años es presumible que tenga una capacidad para tareas físicas inferior a la de un joven de 20 años, este último es presumible que tenga menos capacidad para tareas complejas que exijan una gran experiencia y tiempo de formación, al igual que las características individuales y su grado de entrenamiento determinan las capacidades físicas de un trabajador.  Más que focalizar el problema en las personas mayores de 60 años la solución pasa por tener en cuenta la edad en la gestión de la vigilancia de la salud de los trabajadores, sin perder el carácter individual que debe prevalecer. Ejemplo de esta perspectiva es la campaña «Trabajos saludables en cada edad» 2016-2017, que se centró en la promoción del trabajo sostenible, es decir, unas condiciones de trabajo seguras y saludables desde el comienzo hasta el final de la vida laboral de la persona, para prevenir problemas sanitarios y habilitar a las personas para prolongar la vida laboral. Cada vez más crucial a medida que la población activa de Europa envejece y se posterga la edad de jubilación.

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