Registro de Mediadores e Instituciones de Mediación de Andalucía
La Ley de Eficiencia del Servicio Público de Justicia, contempla el uso de Medios Alternativos de Solución de Controversias (MASC) y establece que es obligatorio intentar un acuerdo por alguno de esos medios como requisito procedimental previo a interponer una demanda en el ámbito civil o mercantil.
El impulso a la mediación y otras vías de acuerdo como la conciliación frente al conflicto y el exceso de litigiosidad que sobrecarga los tribunales es uno de los ejes del primer Plan Estratégico de Justicia de Andalucía, que se orienta a la creación de un modelo de Justicia para Andalucía más ágil, humana y sostenible.
La Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública dispone de un Registro de mediadores y entidades de mediación en el ámbito civil y mercantil en el que podrán localizar a profesionales especializados y con formación acreditada para mediar entre las partes y alcanzar acuerdos sin necesidad de acudir a juicio.
El Registro de Mediadores y Entidades de Mediación ofrece a los andaluces un buscador de profesionales especializados, con la garantía de que cuentan con la formación específica que se exige para ejercer como tal, ya que solo pueden inscribirse quienes tengan formación específica.
La creación de este registro se enmarca en la Estrategia de Mediación que viene impulsando la administración andaluza. Desde el 1 de enero de 2024 los andaluces y andaluzas que cumplen los requisitos para tener derecho a un abogado o procurador de oficio pueden solicitarlo para un proceso de mediación.
Desde mayo de 2024 Andalucía cuenta con un Servicio de Mediación Penal (SEMPA) público y gratuito y un convenio con el Consejo Andaluz de Graduados Sociales para que actúen como mediadores, de manera voluntaria, en conflictos laborales ya judicializados.
Próximamente estará disponible el Servicio público de Mediación Civil y Mercantil (SEMCA), que será gratuito para las personas beneficiaria del sistema de Justicia Gratuita, aunque solo una de las partes en conflicto cumpla los requisitos, la mediación será gratis para todas las partes.
¿Qué es y para qué sirve el Registro?
El Registro de Mediadores e Instituciones de Mediación de Andalucía es un registro de carácter administrativo, que tiene como finalidad facilitar el acceso de la ciudadanía a la mediación como medio adecuado de solución de controversias, a través de la publicidad de las personas mediadoras y las instituciones de mediación que actúa en los ámbitos civil y mercantil.
Este Registro es de utilidad para las personas que necesiten disponer de profesionales de mediación, ya que es obligatorio acudir a un medio alternativo de resolución de conflictos antes de interponer demanda civil o mercantil, tal y como establece la Ley estatal de Eficiencia del Servicio Público de Justicia.
¿Quién puede inscribirse?
Pueden inscribirse, de forma voluntaria, las personas mediadoras y las instituciones de mediación que desarrollen su actividad profesional en la Comunidad Autónoma de Andalucía y que cumplan con los requisitos establecidos en la Ley 5/2012, de 6 de julio de mediación en asuntos civiles y mercantiles y, demás normativa de aplicación.
La inscripción en el Registro de Mediadores e Instituciones de Mediación de Andalucía permitirá acreditar la condición de persona mediadora o el carácter de institución de mediación.
Marco Normativo
- Ley 5/2012, de 6 de julio, de mediación en asuntos civiles y mercantiles.
- Real Decreto 980/2013, de 13 de diciembre, por el que se desarrollan determinados aspectos de la Ley 5/2012, de 6 de julio.
- Decreto 81/2025, de 12 de marzo, por el que se crean y regulan en asuntos civiles y mercantiles el Registro de Mediadores e Instituciones de Mediación de Andalucía y el Consejo Asesor de Mediación de Andalucía.
- Resolución de 23 de noviembre de 2025, de la Dirección General de Justicia Juvenil y Cooperación, por la que se determina la fecha de inicio y puesta en funcionamiento del Registro de Mediadores e Instituciones de Mediación de Andalucía y se aprueba y se publica el formulario normalizado para la tramitación de las solicitudes de inscripción, actualización, rectificación y baja.
La consejería