El BOJA recoge un nuevo programa de incentivos para la contratación indefinida de 35.000 personas desempleadas
El Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) recoge hoy un nuevo programa de incentivos destinado a la contratación indefinida de personas desempleadas que pondrá en marcha este año la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo, a través del Servicio Andaluz de Empleo (SAE). Este paquete, que cuenta con una inversión de 170 millones de euros, contempla ayudas que oscilan entre los 3.500 y los 6.600 euros por cada contrato indefinido que formalicen las empresas y autónomos andaluces y que supongan un incremento neto de su plantilla fija. En total, está previsto que este nuevo programa favorezca la contratación estable de alrededor de 35.000 personas desempleadas.
Según recogen las bases reguladoras de estas subvenciones publicadas en el BOJA (https://juntadeandalucia.es/eboja/2022/109/BOJA22-109-00016-9482-01_00262764.pdf), podrán solicitar estas ayudas las personas trabajadoras autónomas, las empresas privadas, las entidades privadas sin ánimo de lucro y las entidades privadas sin personalidad jurídica que desarrollen su actividad en Andalucía (que tengan en alta una cuenta de cotización a la Seguridad Social en una provincia andaluza), cuando la contratación suponga un incremento neto de su plantilla fija tomando como referencia los tres meses anteriores a la contratación.
El contrato deberá formalizarse con carácter indefinido o fijo-discontinuo, a jornada completa o a jornada parcial, siempre que no sea inferior al 50% de la jornada completa, excepto en el caso de las personas con discapacidad, como medida de adecuación del empleo a sus capacidades. La persona a contratar deberá estar desempleada e inscrita como demandante de empleo no ocupada en el Servicio Andaluz de Empleo en el día anterior al de inicio de la actividad laboral.
La cuantía de la subvención será de 3.500 euros por cada contrato laboral indefinido formalizado a jornada completa. La cuantía de la subvención ascenderá a 4.500 euros cuando la persona contratada tenga 45 o más años, y será de 5.000 euros cuando la persona contratada esté incluida en los grupos de cotización del I al IV de la Seguridad Social, o la contratación se realice a una persona joven menor de 30 años. En caso de que concurran ambos supuestos, la cuantía ascenderá a 5.500 euros.
Todas estas cuantías se incrementarán un 10% cuando la persona contratada sea mujer o una persona con discapacidad de las que presentan mayores dificultades de acceso al mercado laboral. De esta manera, el incentivo sería de 3.850 euros para los contratos estables de mujeres desempleadas; 4.950 euros si la mujer tiene 45 o más años; 5.500 euros en caso de que la mujer sea contratada en los grupos de cotización del I al V o sea menor de 30 años.
La norma establece también un incremento del 20% en los supuestos anteriores si la persona contratada es mujer con discapacidad, de manera que el incentivo podría alcanzar los 6.600 euros.
En el caso de que la contratación se formalice a jornada parcial o el contrato indefinido sea fijo discontinuo a jornada completa, la cuantía de la subvención será del 50% de las cuantías anteriores y del 25% si el contrato fijo discontinuo se suscribe a tiempo parcial.
Se considera que las personas con discapacidad que presentan mayores dificultades de acceso al mercado de trabajo son las personas con parálisis cerebral, con trastorno de salud mental o discapacidad intelectual (incluidas las personas con trastorno del espectro autista), con un grado reconocido igual o superior a 33%, así como las personas con discapacidad física o sensorial con un grado reconocido igual o superior al 65%.
La orden reguladora establece que el contrato laboral indefinido deberá mantenerse por un periodo mínimo de doce meses ininterrumpidamente, a contar desde la fecha de inicio de la actividad laboral. El contrato laboral fijo-discontinuo se mantendrá al menos en las mismas condiciones y, a efectos de su mantenimiento, requerirá que el tiempo de servicios prestados en el año siguiente al de la contratación, deberá ser el mismo o superior al prestado en el año de la contratación.
La distribución provincial de presupuesto se ha realizado en función de la media obtenida entre el porcentaje que supone en cada una de las provincias el número total de cuentas de cotización en alta de las personas o entidades beneficiarias, y el porcentaje que representa en las mismas la población objeto de los incentivos.
El objetivo de este nuevo programa es la reactivación del mercado de trabajo y la recuperación y creación de empleo estable en todos los sectores productivos, en un proceso de recuperación económica primando la creación de empleo en el colectivo de personas que más han sufrido la pérdida de empleo durante la crisis y presentan mayores dificultades para acceder al mercado de trabajo como son las personas jóvenes, las personas mayores de 45 años, las personas con discapacidad o las mujeres. El plazo de presentación de solicitudes se establecerá en una próxima convocatoria.
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La agencia