De conformidad con el artículo 49.h de la Ley 40/2015, de 1de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público Andaluz, las prórrogas acordadas no podrán exceder los cuatro años adicionales.
Objeto
El Convenio de Colaboración del Hospital Universitario Clínico San Cecílio de Granada con la entidad Asociación de Pacientes Cardíacos de Granada, tiene por objeto llevar a cabo aquellas actividades y programas que se relacionan a continuación:
Apoyo a las personas afectadas por enfermedades cardíacas y a sus familias durante la hospitalización.
Ofrecer asesoramiento y atención social y psicológica a las personas afectadas por la enfermedad durante la hospitalización, así como informar sobre la puesta en práctica de una prevención secundaria capaz de detener o ralentizar el progreso de la enfermedad y aumentar la calidad y cantidad de vida del paciente.
Celebrar mesas de información y sensibilización sobre la prevención primaria de las enfermedades cardíacas y sobre los beneficios de la 111 Fase de Rehabilitación Cardíaca en el caso de que se haya sufrido ya la enfermedad.
Realizar jornadas informativas a pacientes y familiares sobre la enfermedad, tratamiento y prevención.
Realizar charlas o jornadas destinadas a pacientes pluripatológicos con enfermedades crónicas procedentes de diferentes asociaciones de pacientes.
Colaboración entre el hospital y la Asociación en estudios e investigaciones tales como odontología y corazón, diabetes y corazón y anticoagulados.
Obligaciones económicas
La ejecución del presente convenio no generará obligaciones económicas para el Hospital niversitario Clínico San Cecilio de Granada. La Asociación de Pacientes Cardíacos de Granada y Provincia facilitará los recursos necesarios para la ejecución del objeto de este convenio