Objeto
El presente convenio tiene por objeto la colaboración entre MEDGAZ, S.A. y el Servicio Andaluz de Salud (Hospital Universitario Torrecárdenas) para la dotación de un aula de simulación clínica en las instalaciones del Hospital. Dicha aula será utilizada para reforzar la formación sanitaria, mejorar la seguridad del paciente y la calidad de la atención sanitaria, según se detalla en el proyecto anexo.
A fin de alcanzar dicho objeto, se configura como un convenio de colaboración empresarial en actividades de interés general, mediante el cual MEDGAZ S.A. asume el compromiso de efectuar la aportación económica que se indica en el proyecto anexo y el SAS se compromete a difundir la participación de MEDGAZ S.A. en los términos que se indican en la siguiente cláusula.
Obligaciones económicas
1. MEDGAZ S.A., para el desarrollo de la actividad prevista en la cláusula anterior y de acuerdo con los términos del presente convenio, aportará un importe total de 9.258, 20 € (nueve mil doscientos cincuenta y ocho euros con veinte céntimos). Dicha cantidad será transferida directamente a la cuenta del proveedor encargado de suministrar el equipamiento descrito en el proyecto, cuya factura proforma constituye el proyecto anexo.
2. El SAS estará obligado a desarrollar el proyecto del aula de simulación y difundir la participación de MEDGAZ S.A. en la implantación del aula de simulación en los espacios que se habiliten para ellos en el Hospital Universitario Torrecárdenas.
3. El SAS se asegurará de que no se publiquen anuncios de productos o materiales promocionales de los productos de Medgaz S.A. junto con cualquier contenido o información del Programa, ni se asocien a ellos.
4. Si el desarrollo del Programa incluye una presentación/debate, el SAS controlará la selección de los presentadores, autores, moderadores y/u otros profesionales, sobre la base de criterios objetivos, incluyendo, por ejemplo, un análisis de la literatura, entrevistas a expertos, un resumen de actividades anteriores y posiciones académicas. Las partes acuerdan que Medgaz S.A. no tendrá ninguna influencia en la selección de los participantes en el desarrollo del Programa.
5. El SAS informará a los profesionales que participen en el desarrollo del Programa sobre la prohibición de divulgar a través de redes sociales u otro canal, medio o soporte de comunicación ninguna información relativa a los productos de Medgaz S.A. que pueda constituir directa o indirectamente promoción de los productos de Medgaz S.A.
6. El presente convenio no comportará gasto alguno durante su vigencia para el SAS.