Proyecto de Orden por la que se modifica la Orden 12 de mayo de 2016, por la que se que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva a la paralización temporal de la actividad pesquera de la flota con puerto base en Andalucía, que faena en el Caladero Nacional, previstas en el Programa Operativo del Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca 2014-2020.
Información general
- Reglamento (UE) núm. 1380/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de diciembre de 2013, sobre Política Pesquera Común que establece el nuevo marco de gestión de la capacidad de la flota al que deberán adaptarse las ayudas que puedan otorgarse para la paralización temporal de la actividad pesquera.
-Reglamento (UE) núm.508/2014, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de mayo de 2014, relativo al Fondo Europeo Marítimo y de Pesca (FEMP).
- Decisión de la Comisión Europea C(2015) de 13 de noviembre de 2015 que aprueba el Programa Operativo para España para el periodo 2014-2020.
-Real Decreto 1173/2015, de 29 de diciembre, de desarrollo del Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca en lo relativo a las ayudas a la paralización definitiva y temporal de la actividad pesquera.
- Real Decreto 486/2017, de 12 de mayo, por el que se modifica el Real Decreto 1173/2015, de 29 de diciembre, de desarrollo del Fondo Europeo Marítimo y de Pesca en lo relativo a las ayudas a la paralización definitiva y temporal de la actividad pesquera, y el Real Decreto 1549/2009, de 9 de octubre, sobre ordenación del sector pesquero y adaptación al Fondo Europeo de la Pesca.
- Orden 12 de mayo de 2016, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva a la paralización temporal de la actividad pesquera de la flota con puerto base en Andalucía, que faena en el Caladero Nacional, previstas en el Programa Operativo del Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca 2014-2020.
- Orden 5 de octubre de 2015, por la que se aprueban las bases reguladoras tipo y los formularios tipo de la Administración de la Junta de Andalucía para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva.
Las subvenciones y ayudas son concedidas para garantizar la viabilidad del sector cuando las empresas pesqueras deban acometer la paralización temporal de su actividad.
La experiencia acumulada en la gestión de estas ayudas ha puesto de manifiesto ciertas restricciones contenidas en el Real Decreto 1173/2015, de 29 de diciembre regulador de la materia, por lo que resulta necesario adaptar la regulación a las previsiones contenidas en el Real Decreto 486/2017, de 12 mayo por el que se modifica el Real Decreto 1173/2015, de 29 de diciembre de desarrollo del Fondo Europeo Marítimo y de Pesca en lo relativo a las ayudas a la paralización definitiva y temporal de la actividad pesquera.
La eficacia de las ayudas a la paralización temporal, y con ello la mejora de la competitividad y viabilidad de las empresas del sector pesquero.
La ciudadanía , organizaciones y asociaciones que así lo consideren pueden hacer llegar sus opiniones sobre los aspectos planteados a través del siguiente correo electrónico:
dg-pa.sscc.capder@juntadendalucia.es
Quien formule estas aportaciones deberá incluir en su correo, su nombre y apellidos o razón social o denominación de la entidad a la que represente.
Quien formule estas aportaciones deberá incluir en su correo, su nombre y apellidos o razón social o denominación de la entidad a la que represente.
La Junta