Proyecto de Orden por el que se regula el marisqueo a pie en el litoral de la Comunidad Autónoma
Información general
-ORDEN de 24 de septiembre de 2008, por la que se regula la obtención, renovación y utilización de los carnés profesionales de marisqueo a pie en el litoral de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
-Decreto 124/2009 de 5 de mayo por el que se regula la autorización de actividad de los centros de expedición y de depuración así como la comercialización en origen de los moluscos bivalvos y otros invertebrados marinos vivos y se crea el Registro Oficial de Centros de Expedición y Depuración de Andalucía
-ORDEN de 22 de Abril de 2010 por la que se modifica la de 24 de Septiembre de 2008 por la que se regula la obtención , renovación y utilización de los carnés profesionales de marisqueo a pie en el litoral de la Comunidad Autónoma de Andalucía
- Decreto 387/2010 de 19 de Octubre por el que se regula el marisqueo en el litoral de la Comunidad Autónoma
-ORDEN de 1 de abril de 2011, por la que se crea una reserva marisquera en el litoral de la provincia de Huelva y se modifica la Orden de 24 de septiembre de 2008, por la que se regula la obtención, renovación y utilización de los carnés profesionales de marisqueo a pie en el litoral de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
-Decreto 99/2015, de 3 de marzo, por el que se modifica el Decreto 387/2010, de 19 de octubre, por el que se regula el marisqueo en el litoral de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
El procedimiento y los criterios establecidos, para la concesión y renovación de los carnés de marisqueo a pie han resultado ser no del todo adecuados al objetivo que se persigue, que es la regulación de la actividad, permitiendo su diversificación y profesionalización .
Debido al tiempo transcurrido desde la anterior regulación, actualmente se considera oportuno realizar una nueva adaptación de los procedimientos de obtención, renovación y utilización de los carnés profesionales de marisqueo a pie , así como otros aspectos técnicos y procedimentales de la actividad de marisqueo a pie en aguas del litoral de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Asimismo es necesaria la inclusión en la regulación del marisqueo a pie de nuevas especies , abarcando de una forma más completa y actualizada todos los aspectos que afectan a esta actividad. Adicionalmente se considera adecuado la creación de un censo de mariscadores a pie.
Asegurar un modelo de gestión que garantice la sostenibilidad de la propia actividad, abarcando las inclusión de nuevas especies y una mayor diversificacion del sector.
La ciudadanía , organizaciones y asociaciones que así lo consideren pueden hacer llegar sus opiniones sobre los aspectos planteados a través del siguiente correo electrónico: svorpa.capder@juntadeandalucia.es
Quien formule estas aportaciones deberá incluir en su correo, su nombre y apellidos o razón social o denominación de la entidad a la que represente.
La Junta