Proyecto de Orden por la que se establece el procedimiento para la evaluación de los directores y las directoras de los centros docentes públicos no universitarios de los que es titular la Junta de Andalucía.

Información general

Antecedentes de la norma

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en la redacción dada por la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa, establece en el Capítulo IV del Título V las normas básicas relativas a la dirección de los centros docentes públicos. Por esta última Ley, se han introducido importantes cambios que afectan, entre otros aspectos, a las competencias de la dirección de los centros docentes, a los requisitos para participar en el concurso de méritos para la selección y el nombramiento de directores y directoras, a la Comisión de Selección y a la formación previa necesaria para el ejercicio de la dirección.

La Ley 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación de Andalucía, dedica el Capítulo II de su Título IV a reglar la función directiva y la figura del director o directora, vinculando el ejercicio de la dirección con la autonomía pedagógica, organizativa y de gestión de los centros docentes, con el desarrollo de un modelo pedagógico y de funcionamiento propio que se concreta en el Plan de Centro y con la labor realizada por los órganos colegiados de los centros, como el Consejo Escolar, el Claustro de Profesorado o los órganos de coordinación docente y de orientación.

Considerando, tanto las modificaciones normativas anteriormente mencionadas, como los nuevos retos y exigencias a los que se enfrenta la dirección de los centros docentes, se ha publicado en Andalucía el Decreto 153/2017, de 26 de septiembre, por el que se regula el procedimiento para la selección, nombramiento, evaluación, formación y reconocimiento de los directores y las directoras de los centros docentes públicos no universitarios de los que es titular la Junta de Andalucía.

Como desarrollo de dicho Decreto, y de conformidad con lo regulado en el mismo, se ha publicado la Orden de 10 de noviembre de 2017, norma que contiene el desarrollo normativo necesario para realizar el procedimiento completo de selección y nombramiento de los directores y las directoras de los centros docentes públicos no universitarios de los que es titular la Junta de Andalucía.

Procede, por tanto, desarrollar normativamente y de manera ajustada a lo establecido en el Capítulo IV de dicho Decreto, el procedimiento de evaluación de los directores y directoras andaluces que finalizan sus mandatos así como la composición de las Comisiones de Evaluación.

Esta materia está actualmente regulada por la Orden de 8 de noviembre de 2007, por la que se establece el procedimiento para la Evaluación de los Directores y Directoras en los centros docentes públicos de Andalucía, a excepción de los universitario, como desarrollo del Decreto 59/2007, de 6 de marzo, por el que se regula el procedimiento para la selección y nombramiento de Directores y Directoras de los Centros Docentes Públicos, a excepción de los universitarios.

Problemas que se pretenden solucionar

El Decreto 153/2017, de 26 de septiembre, establece el nuevo marco normativo regulador de la función directiva en Andalucía, ajustado al nuevo marco normativo básico así como a los nuevos retos y exigencias a los que se enfrenta la dirección de los centros docentes en la actualidad. Como consecuencia de ello, es necesario actualizar la regulación del procedimiento de evaluación del ejercicio de la dirección regulado actualmente por la Orden de 8 de noviembre de 2007.

Procede, por tanto, desarrollar lo dispuesto en el Capítulo IV de dicho Decreto, el procedimiento de evaluación de los directores y directoras que finalicen su mandato. Dicha evaluación, que se ajustará a los distintos tipos de nombramiento, deberá estar dirigida a analizar el desarrollo de la función directiva, así como a estimular y apoyar la mejora de su práctica. Asimismo, deberá estar orientada a estudiar y valorar todos los aspectos de sus actuaciones, tomando como referentes las competencias y funciones que para ese cargo atribuye la normativa vigente, así como, en su caso, el proyecto de dirección.

La evaluación de los directores y las directoras de centros docentes públicos de Andalucía, por tanto, tendrá un carácter continuo, deberá responder a las necesidades institucionales y profesionales, y se desarrollará mediante procedimientos participativos.

A tal fin, e igualmente de conformidad con lo dispuesto en el Capítulo IV del Decreto 153/2017, de 26 de septiembre, la Orden que se desarrolle también regulará la composición de la Comisión de Evaluación que se constituirá en cada Delegación Territorial competente en materia de educación.

Necesidad y oportunidad de su aprobación

El Decreto 153/2017, de 26 de septiembre, se caracteriza por impulsar la participación democrática de la comunidad educativa en la vida de los centros docentes y vincular el ejercicio de la dirección con la autonomía pedagógica, organizativa y de gestión de los centros docentes, así como con la labor realizada por los órganos colegiados de los centros, como el Consejo Escolar o el Claustro de Profesorado. Se recupera así la implicación activa de dichos órganos en los centros docentes y los distintos sectores de la comunidad educativa que éstos representan, aun cuando sus funciones y competencias se han visto mermadas por la regulación estatal.

Este nuevo marco autonómico exige a los directores y directoras cada vez mayores competencias en aras de su profesionalización progresiva,y que asuman el desarrollo del proyecto educativo mediante el ejercicio de su liderazgo educativo, todo ello, para elaborar y comunicar la visión estratégica de la institución que dirigen, promoviendo objetivos comunes y estableciendo acuerdos en torno a ellos que involucren a toda la comunidad educativa del centro.

Por ello, se considera oportuno desarrollar un procedimiento de evaluación de los directores y directoras ajustado a este nuevo marco que mediante el establecimiento de criterios e indicadores objetivos, concretos y adecuados, permitan que la evaluación del ejercicio de la dirección se lleve a cabo con absolutas garantías, claridad y transparencia; sin renunciar a la participación activa en la misma de todos los sectores implicados para que todos ellos puedan aportar información desde sus distintas perspectivas que ayude a la valoración de la función directiva desarrollada en cada centro docente.

Objetivos de la norma

Los objetivos que se perseguirían con la publicación de este proyecto de Orden serían los siguientes:

  • Establecer el procedimiento para la evaluación de los directores y directores de los centros docentes públicos no universitarios de los que es titular la Junta de Andalucía.

  • Establecer la composición y las funciones de las Comisiones de Evaluación del ejercicio de la dirección a las que se refiere el artículo 15.1 del Decreto 153/2017, de 26 de septiembre.

  • Desarrollar las características de los documentos a los que se refiere el artículo 15.4 del Decreto 153/2017, de 26 de septiembre.

  • Establecer los criterios de evaluación y los indicadores para la evaluación de los directores ajustados a los aspectos contemplados en el artículo 16.2 del Decreto 153/2017, de 26 de septiembre.

Envío de aportaciones

Podrán realizarse aportaciones en el correo: consultasprevias.dgoe.ced@juntadeandalucia.es

Quien formule estas aportaciones deberá incluir en su correo, su nombre y apellidos o razón social o denominación de la entidad a la que represente.

Fecha de publicación
Periodo de vigencia
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Organismo
Desarrollo Educativo y Formación Profesional
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