Proyecto de Orden por la que se regulan las pruebas para la obtención del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria para personas mayores de dieciocho años
Información general
El Real Decreto 1105/2014, de 26 de diciembre, por el que se establece el currículo básico de la Educación Secundaria Obligatoria y del Bachillerato, dedica su disposición adicional cuarta a la educación de personas adultas y estipula en su apartado 5 que corresponde a las Administraciones educativas, en el ámbito de sus competencias, organizar periódicamente pruebas para que las personas mayores de dieciocho años puedan obtener directamente el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, siempre que hayan alcanzado las competencias clave y los objetivos de la etapa. Asimismo se regula en el apartado 9 de la disposición adicional segunda del Decreto 111/2016, de 14 de junio, por el que se establece la ordenación y el currículo de la Educación Secundaria Obligatoria en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Ambas normas responden a lo dispuesto en el artículo 68.2 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación y en el artículo 106.1 La Ley 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación en Andalucía, en relación a la organización de pruebas periódicas para que las personas mayores de dieciocho años puedan obtener directamente el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, y actualizan el currículo de estas enseñanzas.
En este último sentido, con fecha 30 de diciembre de 2017 se publica en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía la Orden de 28 de diciembre de 2017, por la que se establece la ordenación y el currículo de la Educación Secundaria Obligatoria para personas adultas en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Las normas citadas establecen el currículo de estas enseñanzas, tanto en su régimen ordinario como de personas adultas, y disponen el marco básico para el reconocimiento de los estudios previos realizados, dejando sin efecto las normas que regulaban anteriormente estos aspectos. Corresponde, por tanto, establecer un nuevo marco normativo para regular las pruebas para la obtención del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria para personas mayores de dieciocho años.
El Real Decreto 1105/2014, de 26 de diciembre, derogó el Real Decreto 1631/2006, de 29 de diciembre, por el que se establecen las enseñanzas mínimas correspondientes a la Educación Secundaria Obligatoria y el Decreto 111/2016, de 14 de junio, derogó el Decreto 231/2007, de 31 de julio, por el que se establece la ordenación y las enseñanzas correspondientes a la Educación Secundaria Obligatoria en Andalucía. Por último, la Orden de 28 de diciembre de 2017 ha derogado la Orden de 10 de agosto de 2007, por la que se regula la Educación Secundaria Obligatoria para Personas Adultas.
En este momento las citadas pruebas están reguladas por la Orden de 8 de enero de 2009, por la que se regulan las pruebas para la obtención del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, para personas mayores de dieciocho años
Habiendo cambiado el marco normativo básico procede desarrollar la norma autonómica que resulte de conformidad con la nueva normativa estatal y derogue la anterior, aportando así un nuevo marco completo y actualizado que se ajuste al nuevo ordenamiento educativo vigente, descrito anteriormente.
Conforme a lo establecido en la disposición adicional segunda del Decreto 111/2016, de 14 de junio, en el ámbito de gestión que corresponde a la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía, procede establecer la regulación de las pruebas, adaptada a las nuevas normas de currículos y de reconocimiento de estudios previos, para que las personas mayores de dieciocho años de edad puedan obtener directamente el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria y con ello alcanzar la titulación básica de nuestro sistema educativo que les permita acceder a niveles superiores de enseñanza o incorporarse al mundo laboral.
Por ello, se hace necesario desarrollar esta norma que definirá la elaboración, organización y realización de las pruebas para la obtención del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria para mayores de dieciocho años en Andalucía, su estructura básica y contenidos sobre los que versan, las convocatorias, y el procedimiento de admisión a las mismas, detallando los requisitos que habrán de cumplir las personas participantes. Asimismo establecerá la composición y actuaciones de las comisiones evaluadoras, la evaluación de las pruebas, las posibles exenciones a aquellos aspirantes que acrediten conocimientos previos adquiridos, y determinará los procedimientos de reclamación y de certificación de haber superado las pruebas o alguno de los ámbitos.
La norma pretende proporcionar un marco normativo que regule todos los aspectos de las pruebas libres de obtención del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria para personas mayores de dieciocho años en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía adecuándose al nuevo ordenamiento educativo vigente.
No existe alternativa que desarrolle los aspectos de la norma en el marco de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Podrán realizarse aportaciones en el correo:
educacionpermanente.ced@juntadeandalucia.es
Quien formule estas aportaciones deberá incluir en su correo, su nombre y apellidos o razón social o denominación de la entidad a la que represente.
Quien formule estas aportaciones deberá incluir en su correo, su nombre y apellidos o razón social o denominación de la entidad a la que represente.
La Junta