Proyecto de Orden por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas para desplazamiento, en régimen de concurrencia competitiva, al alumnado de artes plásticas y diseño de centros docentes sostenidos con fondos públicos para la realización de la formación práctica en empresas, estudios y talleres.

Información general

Antecedentes de la norma

El Real Decreto 596/2007, de 4 de mayo, por el que se establece la ordenación general de las enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño, dispone que todos los ciclos formativos de artes plásticas y diseño incluirán entre sus aspectos módulos formativos relacionados con la orientación e inserción laboral, así como la fase de formación práctica en empresas, estudios y talleres.

En consonancia con lo anterior, el Decreto 326/2009, de 15 de septiembre, por el que se establece la ordenación general de las enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño en Andalucía, estableció en su artículo 8 las características de la fase de formación práctica en empresas, estudios y talleres.

 La Orden de 31 de julio de 2001, por la que se regula la fase de Formación en Centros de Trabajo para alumnos y alumnas de Formación Profesional Específica y Artes Plásticas y Diseño, estableció en su artículo cuarto la posibilidad de que el alumnado pudiera solicitar ayudas en concepto de gastos de desplazamiento para la realización del módulo profesional de formación en centros de trabajo.

La Orden de 9 de febrero de 2004, por la que se regula la concesión de ayudas por desplazamiento para alumnos y alumnas que realizan prácticas formativas correspondientes a la fase de Formación en Centros de Trabajo, desarrolló lo dispuesto en el artículo 4 de la Orden de 31 de julio de 2001 mencionada en el párrafo anterior, siendo de aplicación para el alumnado que cursaba enseñanzas de artes plásticas y diseño, pero ha sido derogada por la Orden de 2 de marzo de 2017, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas por desplazamiento, en régimen de concurrencia competitiva, al alumnado de centros docentes sostenidos con fondos públicos que realiza el módulo profesional de formación en centros de trabajo o la formación práctica en la formación profesional dual.

Corresponde, por tanto, establecer la regulación de las ayudas para desplazamiento para la realización de la formación práctica en empresas, estudios y talleres para el alumnado que cursa las enseñanzas de artes plásticas y diseño.

Problemas que se pretenden solucionar

La Orden de 2 de marzo de 2017, antes mencionada, ha derogado la Orden 9 de febrero de 2004, por la que se regula la concesión de ayudas por desplazamiento para alumnos y alumnas que realizan prácticas formativas correspondientes a la fase de Formación en Centros de Trabajo, por lo que se hace necesario regular las ayudas para la realización de la formación práctica en empresas, estudios y talleres para el alumnado que cursa las enseñanzas de artes plásticas y diseño.

 

Necesidad y oportunidad de su aprobación

Las enseñanzas de artes plásticas y diseño deben estar permanentemente adaptadas a las nuevas demandas surgidas en la sociedad.

Las ayudas para la realización de la formación práctica en empresas, estudios y talleres están justificadas por el interés social que cumplen al fomentar la incorporación a la vida activa del alumnado y mejorar la preparación del mismo para la actividad en un campo profesional. Se conceden ayudas para desplazamiento a todos los alumnos y alumnas que, previa solicitud y cumplimiento de ciertos requisitos, realicen la formación práctica en empresas, estudios y talleres en una empresa o entidad que se encuentre a una distancia superior a cinco kilómetros del centro docente en el que cursa el ciclo formativo de artes plásticas y diseño.

Además de lo anterior, estas ayudas están destinadas a jóvenes que en su mayoría no disponen de ingresos propios con los que afrontar el sobrecoste que la realización de parte de su formación en las empresas les pueden suponer; por ello atendiendo a la naturaleza y finalidad de la ayuda, y en virtud del artículo 116.2 del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, se establece la excepción a las personas beneficiarias, a efectos de su concesión, de todas las prohibiciones establecidas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y acreditar que no tienen deudas en periodo ejecutivo de cualquier ingreso de derecho público de la Junta de Andalucía.

Se hace necesario, por tanto, desarrollar normativamente la concesión de estas ayudas en régimen de concurrencia competitiva estableciendo unos criterios objetivos (renta de la unidad familiar y número de kilómetros recorridos por el alumno o alumna en la fase de formación en las empresas) que determinen el importe de la ayuda a percibir, así como para que la tramitación, valoración y resolución se realice de forma conjunta de todas las solicitudes presentadas en cada provincia para poder aplicar el prorrateo entre los solicitantes del crédito disponible.

Igualmente esta concesión debe cumplir con lo dispuesto en las bases reguladoras tipo aprobadas por Orden de 5 de octubre de 2015, por la que se aprueban las bases reguladoras tipo y los formularios tipo de la Administración de la Junta de Andalucía para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva.

 

Objetivos de la norma

El proyecto de Orden que se presenta tendrá por objeto proporcionar, al alumnado de artes plásticas y diseño que realiza la formación práctica en empresas, estudios y talleres, ayudas para el desplazamiento a las empresas o entidades donde realizarán las actividades programadas en esta fase de su formación.

Envío de aportaciones

Podrán realizarse aportaciones en el correo: consultasprevias.dgoe.ced@juntadeandalucia.es.

Quien formule estas aportaciones deberá incluir en su correo, su nombre y apellidos o razón social o denominación de la entidad a la que represente.

Fecha de publicación
Periodo de vigencia
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Organismo
Desarrollo Educativo y Formación Profesional
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