Proyecto de Orden por la que se regulan las pruebas para la obtención del título de bachiller para personas mayores de veinte años
Información general
El Real Decreto 1105/2014, de 26 de diciembre, por el que se establece el currículo básico de la Educación Secundaria Obligatoria y del Bachillerato, dedica su disposición adicional cuarta a la educación de personas adultas y estipula en su apartado 6 que corresponde a las Administraciones educativas, en el ámbito de sus competencias, organizar periódicamente pruebas para que las personas mayores de veinte años puedan obtener directamente el título de Bachiller, siempre que demuestren haber alcanzado los objetivos del Bachillerato. Asimismo se regula en el apartado 8 de la disposición adicional segunda del Decreto 110/2016, de 14 de junio, por el que se establece la ordenación y el currículo del Bachillerato en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Ambas normas responden a lo dispuesto en el artículo 68.2 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación y en el artículo 106.1 La Ley 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación en Andalucía, en relación a la organización de pruebas periódicas para que las personas mayores de veinte años puedan obtener directamente el título de Bachiller, y además actualizan el currículo de las enseñanzas de Bachillerato.
En este último sentido, con fecha 23 de febrero de 2018 se publica en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía la Orden de 25 de enero de 2018, por la que se establece la ordenación y el currículo del Bachillerato para personas adultas en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Las normas citadas establecen el currículo de estas enseñanzas, tanto en su régimen ordinario como de personas adultas, y disponen el marco básico para el reconocimiento de los estudios previos realizados, dejando sin efecto las normas que regulaban anteriormente estos aspectos. Corresponde, por tanto, establecer un nuevo marco normativo para regular las pruebas para la obtención del título de Bachiller para personas mayores de veinte años.
El Real Decreto 1105/2014, de 26 de diciembre derogó el Real Decreto 1467/2007, de 2 de noviembre, por el que se establece la estructura del Bachillerato y se fijan sus enseñanzas mínimas y el Decreto 110/2016, de 14 de junio, derogó el Decreto 416/2008, de 22 de julio, por el que se establece la ordenación y las enseñanzas correspondientes al Bachillerato en Andalucía. Por último, la Orden de 25 de enero de 2018 ha derogado la Orden de 29 de septiembre de 2008, por la que se regulan las enseñanzas de Bachillerato para personas adultas.
En este momento las citadas pruebas están reguladas por la Orden del 26 de agosto de 2010, por la que se regulan las pruebas para la obtención del título de Bachiller para personas adultas mayores de veinte años.
Habiendo cambiado el marco normativo básico procede desarrollar la norma autonómica que resulte de conformidad con la normativa vigente y derogue la anterior, aportando así un nuevo marco completo y actualizado que se ajuste al ordenamiento educativo descrito anteriormente.
Conforme a lo establecido en la disposición adicional segunda del Decreto 110/2016, de 14 de junio, en el ámbito de gestión que corresponde a la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía, procede establecer la regulación de las pruebas, adaptada a las nuevas normas de currículos y de reconocimiento de estudios previos, para que las personas mayores de veinte años de edad puedan obtener directamente el título de Bachiller y con ello alcanzar la titulación que les permita acceder a niveles superiores de enseñanza o ampliar sus expectativas en la incorporación al mundo laboral.
Por ello, se hace necesario desarrollar esta norma que definirá la elaboración, organización y realización de las pruebas para la obtención del título de Bachiller para mayores de veinte años en Andalucía, su estructura básica y contenidos sobre los que versan, las convocatorias, y el procedimiento de admisión a las mismas, detallando los requisitos que habrán de cumplir las personas participantes. Asimismo establecerá la composición y actuaciones de las comisiones evaluadoras, la evaluación de las pruebas, las posibles exenciones a aquellos aspirantes que acrediten conocimientos previos adquiridos, y determinará los procedimientos de reclamación y de certificación de haber superado las pruebas o alguno de los ámbitos.
La norma pretende proporcionar un marco normativo que regule todos los aspectos de las pruebas libres de obtención del título de Bachiller para personas mayores de veinte años en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía adecuándose al ordenamiento educativo vigente.
No existe alternativa que desarrolle los aspectos de la norma en el marco de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Podrán realizarse aportaciones en el correo:
educacionpermanente.ced@juntadeandalucia.es
Quien formule estas aportaciones deberá incluir en su correo, su nombre y apellidos o razón social o denominación de la entidad a la que represente.
Quien formule estas aportaciones deberá incluir en su correo, su nombre y apellidos o razón social o denominación de la entidad a la que represente.
La Junta