Proyecto de Orden por la que se modifica la Orden de 31 de marzo de 2016, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para el apoyo a las inversiones en explotaciones agrícolas en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020 (Submedida 4.1).
Información general
-Orden de 31 de marzo de 2016, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para el apoyo a las inversiones en explotaciones agrícolas en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020 (submedida 4.1).
-Corrección de errores de la Orden de 31 de marzo de 2016, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones de concurrencia competitiva para el apoyo a las inversiones en explotaciones agrícolas en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014- 2020 (submedida 4.1) (BOJA núm. 64, de 6.4.2016).
-Orden de 19 de septiembre de 2016, por la que se modifica la Orden de 31 de marzo de 2016, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para el apoyo a las inversiones en explotaciones agrícolas en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020 (submedida 4.1).
-Orden de 30 de enero de 2018, por la que se modifica la Orden de 31 de marzo de 2016, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para el apoyo a las inversiones en explotaciones agrícolas en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020 (submedida 4.1).
-Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020 (Versión 4 aprobada).
-Criterios de Selección de Operaciones del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020 (Versión 3).
La disposición que se pretende publicar trata de paliar los problemas e inconvenientes que se derivan de la existencia en la Comunidad Autónoma de Andalucía de numerosas explotaciones agrarias que cuentan todavía con invernaderos de tipo “parral” o “plano”, que si bien están actualmente en producción, presentan una rentabilidad inferior con respecto a otros invernaderos más modernos, a la vez que les hace ser más vulnerables a distintas adversidad climáticas o desastres naturales, resultando por tanto conveniente su sustitución.
Mediante Orden de 31 de marzo de 2016, de la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural, se aprobaron las bases reguladoras de la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para el apoyo a las inversiones en explotaciones agrícolas en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020 (submedida 4.1).
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 6 del Reglamento (UE) núm. 1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER),creado mediante Reglamento (CE) núm. 1290/2005 del Consejo, de 21 de junio de 2005, sobre la financiación de la política agrícola común, estas ayudas son cofinanciadas por el FEADER, encontrándose recogidas en el Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020, aprobado por la Decisión de Ejecución de la Comisión C(2015) 5741 final, por la que se aprueba el Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020 a efectos de la concesión de ayudas del FEADER , de fecha 10 de agosto de 2015 notificada con referencia CCI:2014ES06PRD P001, y modificado mediante Decisión de la Comisión de fecha 31 de enero de 2018 (en adelante “PDR”), bajo la Medida 4 «Inversiones en activos físicos», submedida 4.1 «Apoyo a las inversiones en explotaciones agrícolas», operaciones 4.1.1 «Mejora del rendimiento y la sostenibilidad global de explotaciones agrarias» y 4.1.2 «Mejora del rendimiento y la sostenibilidad global de explotaciones agrarias de olivar».
Tal y como se señala en el PDR, por lo que respecta a esta submedida 4.1., de cara al desarrollo de las inversiones en explotaciones agrarias, dentro de los grupos de especial interés en la Comunidad Autónoma de Andalucía, se encuentra el de los cultivos intensivos, siendo la producción de cultivos bajo abrigo uno de los sectores, de la actividad agraria, que más empleo y renta genera, teniendo unas necesidades de inversión diferenciadas, en cuanto al tipo, y muy elevadas, en cuanto a importe, con respecto al resto de explotaciones agrarias.
Es por este motivo por el que se hace recomendable que reciban un trato diferencial estos cultivos, con distinta convocatoria al resto de sectores, lo cual redundará beneficiosamente a todos los tipos de producción, pudiendo establecer criterios diferenciados en función a la tipología de explotaciones/inversiones.
En este sentido, en la Orden de 31 de marzo de 2016 antes citada se prevé una línea de ayuda propia para la actuación “a.4) «Inversiones dirigidas a la mejora del rendimiento y sostenibilidad global de explotaciones agrarias para cultivos intensivos en invernaderos».”
Esta línea de ayuda está fundamentalmente destinada a la mejora del rendimiento económico y la eficiencia energética de las explotaciones mediante inversiones en activos físicos, materiales e inmateriales, relacionadas con la construcción de un invernadero o la mejora de un invernadero ya existente.
No obstante lo anterior, como ya se ha indicado, alrededor de un 25% de los invernaderos de la Comunidad Autónoma de Andalucía se corresponden con la tipología de tipo “parral” o “plano”, que si bien están actualmente en producción, requieren no sólo de una mejora de los mismos sino más bien de su completa sustitución, en cuanto que, dada la antigüedad de los mismos, les hace ser más vulnerables a distintas adversidad climáticas y desastres naturales, a la vez que presentan una rentabilidad inferior con respecto a otros invernaderos más modernos.
Teniendo en cuenta estas circunstancias, y tal y como indica el PDR, resulta necesario establecer criterios específicos que atiendan esta particular situación. Para ello, la Comunidad Autónoma de Andalucía tiene asumida la competencia exclusiva en materia de agricultura, ganadería y desarrollo rural, en virtud del artículo 48.3 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, de acuerdo con las bases y la ordenación de la actuación económica general, y en los términos de lo dispuesto en los artículos 38, 131 y 149.1.11.ª, 13.ª, 16.ª, 20.ª y 23.ª de la Constitución.
Estas competencias se encuentran asignadas a la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural en virtud del Decreto de la Presidenta 12/2015, de 17 de junio, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías, y del Decreto 215/2015, de 14 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural.
El artículo 10 m) de este último Decreto asigna a la Dirección General de la Producción Agrícola y Ganadera las competencias en la “modernización y la mejora de las estructuras agrarias, en donde se encuadran las políticas que promuevan la participación de las mujeres y la juventud en el desarrollo rural propiciando su plena incorporación a la actividad agraria”.
El artículo 118 del Texto Refundido de la Ley General de Hacienda Pública de Andalucía, aprobado mediante Decreto Legislativo 1/2010, de 10 de marzo, indica que “Las normas reguladoras de subvenciones se aprobarán por las personas titulares de las Consejerías correspondientes y serán publicadas en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. En el mismo sentido se manifiesta el artículo 4.6 del Decreto 282/2010, de 4 de mayo, por el que se regula el Reglamento de los procedimientos de concesión de subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía.
La disposición que se pretende aprobar tiene por objetivo establecer criterios específicos que permitan la sustitución, en la Comunidad Autónoma de Andalucía, de los invernaderos de tipo “parral” o “plano” por otras estructuras invernadas más modernas Por todo ello, se pretende modificar la citada Orden de 31 de marzo de 2016, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para el apoyo a las inversiones en explotaciones agrícolas en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020 (submedida 4.1).
La modificación aprobará e incorporará una nueva línea de ayudas, que sin derogar ni modificar la ya existente para cultivos intensivos en invernaderos, incentive la sustitución de invernaderos de tipo “parral” o “plano” en funcionamiento, por otros invernaderos nuevos, en aras de mejorar el rendimiento y la sostenibilidad global de la correspondiente explotación.
Los criterios de selección establecidos en el apartado 12 del cuadro resumen de esta nueva línea de ayudas se corresponderán con los fijados por la Autoridad de gestión y recogidos en el documento “Criterios de selección de operaciones del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020 (Versión 3)”.
Por otra parte, en la elaboración de la Orden se tendrá en cuenta la perspectiva de género que ha de estar presente en la elaboración de las disposiciones normativas, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la promoción de la igualdad de género en Andalucía.
No se han contemplado otras soluciones que no sean las regulatorias, ya que es taxativa la necesidad de modificar las bases reguladoras de estas ayudas.
La ciudadanía, organizaciones y asociaciones que así lo consideren, pueden hacer llegar sus opiniones sobre los aspectos planteados en este cuestionario, durante el plazo de 15 días naturales, a partir del día siguiente al de su publicación, a través del siguiente buzón de correo electrónico:
http://www.juntadeandalucia.es/organismos/agriculturapescaydesarrollorural/areas/infraestructuras-agrarias/modernizacion/paginas/consultas-respuestas.html
Para facilitar la identificación de la consulta, se deberá seleccionar en el desplegable "Tema" la opción "Modernización de explotaciones".
Quien formule estas aportaciones deberá incluir en su correo, su nombre y apellidos o razón social o denominación de la entidad a la que represente.
La Junta