Proyecto de Orden por la que se regula la práctica de la cetrería en Andalucía.

Información general

Antecedentes de la norma

Resolución de 2 de octubre de 1987, de la Agencia de Medio Ambiente, por la que se regula la actividad de Cetrería en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía (Consejería de Presidencia), aún en vigor.

Dicha Resolución es muy antigua y no quedan claramente definidos en la misma los requisitos necesarios para practicar la cetrería, además hay que tener presente que la Orden de 12 de marzo de 1997, por la que se regula la práctica de la cetrería en la Comunidad Autónoma de Andalucía, fue anulada por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 3ª, sentencia de 5 de mayo de 2000), de ahí la necesidad de elaborar la presente Orden.

Problemas que se pretenden solucionar

La normativa vigente está obsoleta y no permite una ordenación correcta de la práctica de esta modalidad de caza.

Se simplifican los trámites y procedimientos de acceso y posesión de ejemplares y se adecua a la realidad de la oferta legal existente la lista de especies indicadas para la cetrería.

Equiparación al cetrero con otros cazadores evitando la discriminación que suponía el aprendiz de cetrero.

Necesidad y oportunidad de su aprobación

La necesidad y oportunidad de la aprobación de la Orden es consecuencia de lo señalado en los apartados anteriores (antecedentes de la norma y problemas que se pretenden solucionar).

Objetivos de la norma

Ordenar la práctica de la cetrería, actualizar el listado de aves de cetrería, aclarar dónde y como se puede entrenar y practicar la cetrería.

Simplificar los trámites y procedimientos de acceso y posesión de ejemplares y adecuar a la realidad de la oferta legal existente la lista de especies indicadas para la cetrería.

Equiparar al cetrero con otros cazadores evitando la discriminación que suponía el aprendiz de cetrero.

Posibles soluciones alternativas

No se contemplan

Envío de aportaciones

La ciudadanía, organizaciones y asociaciones que así lo consideren pueden hacer llegar sus opiniones sobre los aspectos planteados, a través del siguiente buzón de correo electrónico:

orden.cetreria.cpp.cagpds@juntadeandalucia.es

Quien formule estas aportaciones deberá incluir en su correo, su nombre y apellidos o razón social o denominación de la entidad a la que represente.

Fecha de publicación
Periodo de vigencia
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Organismo
Sostenibilidad y Medio Ambiente
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