Plan Especial de nueva linea aérea de media tensión de 15Kv, para el cierre de las LAMT Almonaster y LAMT El Salto, entre los términos municipales de Alájar y Linares de la Sierra, en la provincia de Huelva.

Información general

Antecedentes de la norma

Alajar: Cuenta solamente con un Proyecto de Delimitación de Suelo Urbano, aprobado definitivamente con fecha de 24 de octubre de 1984, publicado en BOP nº 272 de 27 de noviembre de 1984. En Suelo No Urbanizable ante la ausencia de planeamiento municipal vigente, son de aplicación las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal y Complementarias en Suelo No Urbanizable de Ámbito Provincial de Huelva.

Para el municipio de Linares de la Sierra, no tiene planeamiento municipal, no cuenta con planeamiento urbanístico municipal, y son de aplicación las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal y Complementarias en Suelo no Urbanizable de ámbito provincial. Publicadas en B.O.J.A. nº 82 el 20 de agosto de 1985.

Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal y Complementarias en Suelo No Urbanizable de Ámbito Provincial de Huelva. Boja nº 82 de 20 de agosto de 1985.

-Decreto 210/2003 de 15 de julio, por el que se aprueba el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales y el Plan Rector de Uso y Gestión del Parque Natural de Sierra de Aracena y Picos de Aroche.

-Plan Especial de Protección del Medio Físico de Huelva, Orden de 7 de julio de 1986. Orden de 7 de julio de 1986 y publicado en BOJA n.º 66 de 3 de abril de 2007.

-La Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía.

-Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental.

-Ley 2/2012, de 30 de enero, por la que se modifica la Ley 7/2002, de 17 de diciembre.

-Decreto 60/2010, de 16 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Disciplina Urbanística de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

-Decreto 2/2012, de 10 de enero, por el se regula el régimen de las edificaciones y asentamientos existentes en Suelo No Urbanizable en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Problemas que se pretenden solucionar

La finalidad de la línea en proyecto es dar suministro eléctrico a la zona con mayor efectividad y mejorar la calidad del servicio.

Las infraestructuras energéticas generan servidumbres y son fuentes potenciales de riesgos. Las líneas energéticas aéreas establecen a su vez un importante impacto visual que afecta notablemente al paisaje, se requiere una ordenación adecuada y condiciones de instalación, que minimicen las afecciones sobre el territorio, sus efectos en la mortandad de aves y su impacto sobre el paisaje.

Con lo que se implantarán las siguientes Medidas de Prevención y Correctoras de impactos territoriales o ambientales :

El proyecto deberá ir acompañado de los medios de extinción a pie de obra, contar con un Plan de Autoprotección de la Obra, contra incendios y la construcción de cortafuegos perimetrales y parques de maquinaria.

Vigilancia y control de las operaciones y el control del tránsito de maquinaria respecto al Dominio Publico Hidráulico.

En fase de obras se respetarán los calendarios biológicos de las especies de fauna sensibles del entorno, así como la identificación de zonas con ejemplares interesantes de flora y el respeto y mantenimiento de pies maduros, y vigilancia y control de las operaciones.

Control y reducción de la superficie del trabajo, para no perjudicar el paisaje.

Vigilancia y control de los residuos generados.

Respecto al suelo, replanteo de la actuación, repaso inicial y final de caminos y relleno de cárcavas ( restos vegetales y piedras) y vigilancia y control de las operaciones.

Necesidad y oportunidad de su aprobación

Implica un beneficio e interés social para la zona, durante la construcción de la línea, generando ingresos municipales y después de la construcción, con un aumento de la calidad de servicio del suministro eléctrico.

El promotor de la actuación es Endesa Distribución Eléctrica S.L.

Objetivos de la norma

La Línea eléctrica se extiende sobre una longitud de 3.104m con el ancho de servidumbre legal de 5m a ambos lados de cada conductor y estará constituida por 17 apoyos metálicos de nueva instalación y 1 ya instalado.

La línea tiene 1.649m en el término municipal de Alájar y 1.455m en Linares de la Sierra.

La línea eléctrica atraviesa el Parque Natural de la Sierra de Aracena y Picos de Aroche, Zona B. “Zonas de Regulación Especial” y Zona C. “Zonas de Regulación Común”

El ámbito de estudio queda enmarcado de la siguiente forma: al norte, la carretera HU-8105, al sur, el Barranco del Hoyo y Barranco del Valle de la Palma, al este, el núcleo urbano de Linares de la Sierra y al oeste, el núcleo urbano de Alájar.

La línea eléctrica de media tensión es una instalación destinada al transporte y distribución de energía eléctrica.

El proyecto consiste en el montaje de nuevo tramo LAMT que tendrá su origen en el apoyo nº 1 (Apoyo Nuevo), de la LMT “ALMONASTER” de la

subestación “REPILADO”, procedente del CD 49.423 “ALAJAR”, desde donde a través de 17 apoyos, se llegará al final en el apoyo nº 18, de la LAMT “LINARES DE LA SIERRA”.

Desde el punto de vista hidrológico, se encuentra enmarcado dentro de la Demarcación Hidrográfica Tinto, Odiel y Piedras, en concreto en la subcuenca Odiel.

La línea supondrá los siguientes cruces aéreos sobre 2 arroyos: Barranco del Hoyo y Barranco del Valle de la Palma, con 8 cruces aéreos y 9 apoyos en zona de policía.

La línea atraviesa terrenos forestales exentos de edificaciones y no tiene por objeto ningún suministro a particular.

El objetivo de la nueva línea no es el de dar nuevos suministros a la zona sino el de mejorar los suministros ya existentes a través del cierre de las dos líneas de suministro, garantizando así los suministros existentes.

Los terrenos por los que discurre da lugar a la constitución de la reglamentaria servidumbre de paso de la línea eléctrica, la cual se obtendrá bien por la necesaria expropiación forzosa para la imposición de dicha servidumbre o bien mediante mutuos acuerdos con los propietarios afectados.

Los objetivos de la línea eléctrica son los siguientes:

- Apertura de nuevas vías hacia el progreso y modernización de las estructuras físicas y económicas de todo el territorio municipal.

- Establecer los condicionantes territoriales para la mejora de la productividad y funcionalidad del espacio agrario, para la integración paisajística de las infraestructuras e instalaciones en el medio rural.

- Establecer los condicionantes para mejorar las dotaciones de servicios y ordenar, en su caso, su desarrollo.

Posibles soluciones alternativas

La ubicación de la instalación viene condicionada por los siguientes factores:

1.- La minimización del impacto ambiental de la instalación.

2.- Trazado de menor longitud.

3-.- Menor coste.

4.- Trazado de menor longitud.

5.- Instalación de Nueva línea de media tensión.

No hay presencia en el ámbito de estudio de vías pecuarias.

Atravesará en toda su longitud, de 3.104 Km, la Reserva de la Biosfera Dehesas de Sierra Morena y el Parque Natural, ZEC y ZEPA Sierra de Aracena y Picos de Aroche.

La línea no atravesará ninguno de los Espacios de Protección establecidos por el Plan Especial de Protección del Medio Físico y catálogo de la provincia de Huelva. Discurrirá a escasos metros al sur del denominado espacio “ Sierra del Castaño” CS-5.

Envío de aportaciones

consultasprevias.dthu.cfiot@juntadeandalucia.es

Quien formule estas aportaciones deberá incluir en su correo, su nombre y apellidos o razón social o denominación de la entidad a la que represente.

Fecha de publicación
Periodo de vigencia
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Organismo
Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda
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