Orden por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a la apicultura en el marco del Programa Apícola Nacional en la Comunidad Autónoma de Andalucía para los años 2020, 2021 y 2022.

Información general

Antecedentes de la norma

El Reglamento (UE) n.º 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se crea la organización común de mercados de los productos agrarios y por el que se derogan los Reglamentos (CEE) n.º 922/72, (CEE) n.º 234/79, (CE) n.º 1037/2001 y (CE) n.º 1234/2007, establece en la Sección 5 del Capítulo II del Título I de la Parte II, las medidas que podrán incluirse en los programas apícolas nacionales, con objeto de proteger las colmenas desfavorecidas por sus condiciones estructurales o naturales o amparadas por programas de desarrollo económico, y de ese modo, mejorar las condiciones generales de producción y comercialización de los productos apícolas.

En desarrollo del anterior, se ha dictado el Reglamento Delegado (UE) nº 2015/1366 de la Comisión, de 11 de mayo de 2015 por el que se completa el Reglamento (UE) nº 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo a las ayudas al sector de la apicultura y el Reglamento de Ejecución (UE) nº 2015/1368 de la Comisión, de 6 de agosto de 2015, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) n.º 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo a las ayudas al sector de la apicultura.

Las subvenciones a la apicultura en el marco del Programa Apícola Nacional vienen siendo objeto de convocatoria desde el año 1998 tras la aprobación de los respectivos Programas Nacionales presentados trianualmente a la Comisión y elaborados entre el Ministerio Agricultura, Pesca y Alimentación y las Comunidades Autónomas.

Estos programas nacionales, de una duración de tres años (“programas apícolas”), son elaborados en estrecha colaboración con las organizaciones representativas del sector apícola, y aprobados mediante Decisión de la Comisión.

El Programa Nacional para las campañas apícolas 2020, 2021 y 2022 ha sido aprobado por Decisión de Ejecución (UE) 2019/974 de la Comisión, de 12 de junio de 2019, por la que se aprueban los programas nacionales de mejora de la producción y la comercialización de productos apícolas presentados por los Estados miembros en virtud del Reglamento (UE) n.º 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo.

La regulación, a nivel nacional, de este régimen de concesión de ayudas así como las condiciones en que se produce la financiación del Estado, se recogió en el Real Decreto 930/2017, de 27 de octubre, por el que se regula el régimen de ayudas a la apicultura en el marco de los programas nacionales anuales, y se modifica el Real Decreto 209/2002, de 22 de febrero, por el que se establecen normas de ordenación de las explotaciones apícolas.

Problemas que se pretenden solucionar

Las ayudas contempladas en el Programa Apícola Nacional pretenden mejorar las condiciones de producción y comercialización de los productos de la apicultura en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Necesidad y oportunidad de su aprobación

Una vez que el Programa Nacional para las campañas apícolas 2020, 2021 y 2022 ha sido aprobado por Decisión de Ejecución (UE) 2019/974 de la Comisión, de 12 de junio de 2019, por la que se aprueban los programas nacionales de mejora de la producción y la comercialización de productos apícolas presentados por los Estados miembros en virtud del Reglamento (UE) n.º 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, se hace necesario desarrollar en al ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía, el régimen de concesión de ayudas para el fomento de actividades destinadas a mejorar la producción y comercialización de la miel y los productos apícolas.

Objetivos de la norma

Objetivo 1: Mejora de la rentabilidad de las explotaciones apícolas reforzando la capacitación y optimizando costes.

Objetivo 2: Mantener adecuado estado sanitario de las colmenas mediante el control y prevención de agresiones.

Objetivo 3: Optimizar el ejercicio de la actividad apícola reforzando su profesionalidad, capacidad de repoblación y su papel medioambiental.

Objetivo 4: Mejorar la competitividad del sector reforzando la estructura comercial, calidad y tecnificación.

Envío de aportaciones

dgadm.cagpds@juntadeandalucia.es

Quien formule estas aportaciones deberá incluir en su correo, su nombre y apellidos o razón social o denominación de la entidad a la que represente.

Fecha de publicación
Periodo de vigencia
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Organismo
Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural
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