Proyecto de Orden por la que se establecen los baremos para el cálculo de las indemnizaciones en los cultivos afectados por el organismo nocivo Tomato brown rugose fruit virus (ToBRFV), por aplicación de las medidas fitosanitarias obligatorias adoptadas para el control y erradicación de dicha plaga, en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Información general
Ante la importancia que pudiera tener para la Unión Europea el organismo nocivo ToBRFV y, en particular para la producción de tomate (Solanum lycopersicum L.) y de pimiento (Capsicum annuum), se publicó la Decisión de ejecución (UE) 2019/1615 de la Comisión de 26 de septiembre de 2019 por la que se establecen medidas de emergencia para evitar la introducción y propagación en la Unión del virus rugoso del tomate (ToBRFV), la misma establece la necesidad de realizar prospecciones al objeto de detectar la presencia del organismo nocivo por parte de los Estados Miembros, así como la necesidad de verificar en el material destinado a plantación de vegetales especificados, tomate y pimiento, se encuentra libre del mismo, siendo obligatoria de disposición de pasaporte fitosanitario para su movimiento.
En enero de 2020 se va apublicar la Resoluciónde la Dirección General de la Producción Agrícola y Ganadera, por la que se declara oficialmente la existencia del organismo nocivoToBRFV, la zona infectada ylas medidas de controla adoptaren la Comunidad Autónoma de Andalucía, tras confirmarse la presencia de este organismo nocivo en nuestra Comunidad Autónoma en noviembre de 2019, concretamente en el término municipal de Vícar en la provincia de Almería.
El Reglamento (UE) n.º 702/2014 de la Comisión, de 25 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas en los sectores agrícolas y forestales y en zonas rurales compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (DO L 193 de 1/7/2014 p. 1), establece en su artículo 26 la posibilidad de indemnizar a los interesados por los costes de prevención, control y erradicación de plagas vegetales y para reparar los daños causados por plagas vegetales.
La Ley 43/2002 de sanidad vegetal, contempla en su artículo 21 la posibilidad de realizar indemnizaciones cuando las medidas establecidas para la lucha contra una plaga suponga la destrucción, deterioro o inutilización de bienes o propiedades particulares o públicas.
Mediante la Ordende 20de marzo de 2019, de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible,se establecenlos requisitos y condiciones para el acceso a lasindemnizacionesderivadas de la aplicación demedidas fitosanitarias obligatoriasadoptadas para el control yerradicación de los organismos nocivospresentes en la Comunidad Autónoma de Andalucía, yelmétodo para el cálculo de lasmismas.
Con la Orden que se pretende publicar, se establecen los baremos aplicables para el cálculode las indemnizaciones por aplicación demedidas fitosanitarias obligatoriasadoptadas para el control yerradicación del organismo nocivo ToBRFV, todo ello,siguiendo el método de cálculo establecido en el apartado 2 del Anexo I de laOrden de 20de marzo de 2019, teniendo en cuentaloscultivosafectados por el citadoorganismo.
Para proceder al cálculo de las oportunas indemnizaciones en relación al ToBRFV es necesario establecer los baremos para su cálculo en el sentido de lo expuesto en la Orden de 20 de marzo de 2019.
Establecimiento de baremos para proceder al cálculo de indemnizaciones tras la aplicación de las medidas fitosaniarias obligatorias establecidas para el control y erradicación del organismo nocivo ToBRFV.
No se plantean soluciones alternativas no regulatorias.
La ciudadanía, organizaciones y asociaciones que así lo consideren pueden hacer llegar sus opiniones sobre los aspectos planteados en este documento a través del siguiente correo electrónico:
sanidadvegetal.capder@juntadeandalucia.es
Quien formule estas aportaciones deberá incluir en su correo, su nombre y apellidos o razón social o denominación de la entidad a la que represente.
La Junta