Orden por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas en régimen de concurrencia no competitiva, destinadas al sector pesquero acogidas al régimen de mínimis y se efectúa convocatoria de ayudas para 2020.
Información general
La actividad pesquera llevada a cabo por los mariscadores y por la flota pesquera andaluza se está viendo afectada, entre otras contingencias imprevisibles, por la presencia y proliferación en nuestras costas de biotoxinas y algas invasoras que están provocando unos graves perjuicios a los profesionales y las empresas del sector, poniendo en riesgo su continuidad y el mantenimiento del empleo.
Concretamente, las zonas de producción marisquera del litoral de Andalucía están siendo objeto de cierres con motivo de presencia de biotoxinas con una intensidad mayor a la acaecida en los últimos años, en particular en los caladeros situados más al levante del Golfo de Cádiz. Así, desde el 1 de junio de 2019 hasta el 30 de enero de 2020, las ocho zonas de producción de coquina que discurren entre las desembocaduras de los ríos Guadiana y Guadalquivir, han estado cerradas por presencia de toxinas por encima del 50% de los días hábiles de pesca.
Esta Orden establece las bases reguladoras de las ayudas en régimen de concurrencia no competitiva, destinadas al sector pesquero, acogidas al régimen de mínimis y efectúa su convocatoria a mariscadores para 2020.
Estas bases pretenden lograr la máxima simplificación y agilización del procedimiento de concesión de las subvenciones.
Paliar los perjuicios económicos en los sectores afectados por estas situaciones.
Es necesaria su aprobación al establecer las bases reguladoras que han de regir la concesión de estas ayudas así como la convocatoria de las mismas a mariscadores para 2020.
La presente Orden tiene por objeto aprobar las bases reguladoras de concesión de ayudas en régimen de concurrencia no competitiva, con la finalidad de apoyar a los flotas pesqueras y mariscadores afectados por acontecimientos imprevisibles, originados principalmente por causas naturales que ponen en riesgo la sostenibilidad de la actividad y el empleo generado. Además mediante la presente orden se aprueba la convocatoria de ayudas a mariscadores para 2020.
No se plantean soluciones alternativas no regulatorias.
Los participantes de esta consulta de Orden podrán hacer llegar sus aportaciones a través de la siguientes dirección electrónica:
dg-pa.sscc.capder@juntadeandalucia.es
Quien formule estas aportaciones deberá incluir en su correo su nombre y apellidos o razón social o denominación de la entidad a la que represente.
Fecha inicial: a partir del día siguiente a que se publique el proyecto de Orden en la web.
Fecha final: se conceden 7 días hábiles desde la fecha inicial (se descuentan los sábados, domingos y festivos nacionales y autonómicos)
Quien formule estas aportaciones deberá incluir en su correo, su nombre y apellidos o razón social o denominación de la entidad a la que represente.
La Junta