Proyecto de Orden por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia no competitiva, de ayudas al alquiler para los programas de realojo para afectados por las ejecuciones hipotecarias o procedimientos de desahucio, y de apoyo a las situaciones de emergencia residencial, en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Información general

Antecedentes de la norma

El Estatuto de Autonomía para Andalucía configura la promoción del acceso a la vivienda de los colectivos necesitados como uno de sus principios rectores, determinando la competencia exclusiva de nuestra Comunidad Autónoma en materia de vivienda, que incluye la planificación y el establecimiento de prioridades y objetivos de la actividad de fomento de las Administraciones Públicas de Andalucía en esta materia y la adopción de las medidas necesarias para su alcance.

En ejecución del mandato estatutario, la Ley  de 8 de marzo de 2010, reguladora del Derecho a la Vivienda en Andalucía, contiene el conjunto de facultades y deberes que integran este derecho, así como las actuaciones que para hacerlo efectivo corresponden a las Administraciones públicas andaluzas, ordenándoles que se recojan en los planes de vivienda y suelo las modalidades de ayudas para facilitar el pago del precio de la vivienda o la renta del arrendamiento, así como ayudas específicas a los jóvenes u otros colectivos con especial dificultad para el acceso a la vivienda.

Mediante Acuerdo del Consejo de Gobierno de 14 de mayo de 2019 se aprobó la formulación del Plan Vive en Andalucía 2020 2030, cuyo proyecto se encuentra actualmente en tramitación. Se pretende con este nuevo Plan autonómico de vivienda favorecer el derecho a una vivienda digna de la población andaluza, a través de la implantación de nuevos programas que satisfagan las demandas actuales, entre ellos, el programa de realojo para afectados por las ejecuciones hipotecarias o procedimientos de desahucio y el de apoyo a las situaciones de emergencia residencial.

A pesar de que el Plan aún no se ha aprobado, se considera conveniente comenzar cuanto antes la elaboración de las normas para el desarrollo de estos programas, objeto de las bases reguladoras cuyo proyecto se somete a consulta previa.

Problemas que se pretenden solucionar

Se pretende con esta Orden aprobar las bases reguladoras para la concesión de ayudas al alquiler destinadas a paliar la vulnerabilidad residencial, incluidas en los siguientes programas, de conformidad con lo previsto en el Título IV del proyecto del Plan Vive en Andalucía, de Vivienda, Rehabilitación y Regeneración Urbana de Andalucía 2020-2030:

Programa de realojo para afectados por las ejecuciones hipotecarias o procedimientos de desahucio, para facilitar el ejercicio del derecho a una vivienda digna a personas o unidades familiares que, como consecuencia de un cambio de circunstancias laborales u otras que supongan una merma de sus ingresos, hayan perdido su vivienda habitual por no poder hacer frente al pago de sus préstamos hipotecarios o de la renta del alquiler.

Programa de apoyo a las situaciones de emergencia residencial, para proporcionar soluciones a las personas físicas, unidades familiares o de convivencia en riesgo o situación de exclusión social, determinada por los servicios sociales comunitarios, por encontrarse en una situación de absoluta imposibilidad de atender las obligaciones de pago derivadas de la renta en alquiler, o de los derivados de la hipoteca de la vivienda en la que tenga establecida su residencia habitual y permanente.

El procedimiento de concesión de las ayudas se iniciará a solicitud de la persona interesada, previa convocatoria, y se tramitará en régimen de concurrencia no competitiva, de conformidad con el Reglamento de los Procedimientos de Concesión de Subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía, pero sin ajustarse a las bases tipo aprobadas por la Consejería de Presidencia, Administración Pública e Interior.

Necesidad y oportunidad de su aprobación

Se considera necesaria la elaboración y aprobación de la norma de referencia para dar cumplimiento a lo establecido en la Ley  de 17 de noviembre de 2003, General de Subvenciones, y en el Real Decreto de 21 de julio de 2006, por el que se aprueba su Reglamento de aplicación, en cuanto que la gestión de las subvenciones se realizará de acuerdo con los principios de publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad, igualdad, no discriminación, eficacia en el cumplimiento de los objetivos fijados por la Administración otorgante y eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos.

En aplicación de estos principios, en especial los de concurrencia y objetividad, el artículo 9.2 de la Ley de 17 de noviembre de 2003, dispone que con carácter previo al otorgamiento de las subvenciones, deberán aprobarse las normas que establezcan las bases reguladoras de concesión.

Objetivos de la norma

Como se ha dicho, el objetivo de la norma es desarrollar el Plan Vive en Andalucía, de Vivienda, Rehabilitación y Regeneración Urbana de Andalucía 2020-2030, actualmente en tramitación, aprobando las normas reguladoras para la concesión de subvenciones previstas en los programas de realojo para afectados por las ejecuciones hipotecarias o procedimientos de desahucio y el de apoyo a las situaciones de emergencia residencial. En estas normas reguladoras se establecerán los requisitos de las personas beneficiarias de las ayudas, cuantía de las mismas y gasto subvencionable, procedimiento de concesión, forma de pago, etc.

Posibles soluciones alternativas

No se han contemplado otras soluciones que no sean regulatorias.

Envío de aportaciones

consultaprevia.vivienda@juntadeandalucia.es

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Fecha de publicación
Periodo de vigencia
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Organismo
Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda
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