Proyecto de Orden por la que se regula el procedimiento para la elaboración, aprobación, desarrollo y evaluación de Planes de Atención Socioeducativa

Información general

Antecedentes de la norma
  • Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.

  • Ley 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación de Andalucía.

  • Ley 9/1999, de 18 de noviembre, de Solidaridad en la Educación.

  • Decreto 167/2003 , de 17 de junio, por el que se establece la ordenación de la atención educativa a los alumnos y alumnas con necesidades educativas especiales asociadas a condiciones sociales desfavorecidas.

Problemas que se pretenden solucionar

Bajo el convencimiento del potencial de la escuela como factor esencial para la eliminación de desigualdades, a lo largo de estos años se han desarrollado e implementado recursos, programas y actuaciones dirigidas a colectivos que necesitan de acciones de carácter compensatorio para garantizar la igualdad efectiva de oportunidades, las condiciones que permitan su aprendizaje y la inclusión educativa para aquellos que puedan tener dificultades en el acceso y permanencia en el sistema educativo.

Con la experiencia acumulada entendemos que la respuesta a estas necesidades no está solo en el ámbito educativo, pasa por la colaboración con otras administraciones, la implicación de otros colectivos del entorno y la aplicación de un modelo de atención socioeducativa, con una mayor conexión con la sociedad, con las propias familias y la comunidad , de manera que pueda llegar a ser una oportunidad real de transformación social.

Este planteamiento nos lleva a la necesidad de cambios en la implementación de la educación compensatoria que hemos desarrollado hasta el momento, dirigiendo nuestras acciones hacia otros colectivos, como adultos de determinadas zonas, valorando la dimensión real y la respuesta necesaria para menores procedentes de la inmigración, la llegada de personas refugiadas, incorporando la atención a nuevas formas de desigualdad, como la brecha digital.

Esas acciones se van a desarrollar a través de los Planes de Atención Socioeducativa, que se conciben como un conjunto de actuaciones destinadas a minimizar y disminuir las diferencias de partida socioeducativas del alumnado y sus familias en zonas de transformación social.

El proyecto de Orden objeto de consulta pública tiene como objeto regular la elaboración, aprobación, desarrollo, seguimiento y evaluación de estos planes.

Si entendemos la Educación como el ámbito que ofrece un conjunto de conocimientos, recursos y herramientas de aprendizaje con las que poder alcanzar el logro de las metas y expectativas de la trayectoria personal y profesional de cualquier ciudadano/a, tanto en lo profesional como en lo personal, llegamos a la conclusión de que solo un sistema educativo de calidad, inclusivo, integrador y exigente, garantiza la igualdad de oportunidades y hace efectiva la posibilidad de que cada alumno o alumna desarrolle el máximo de sus potencialidades, convirtiéndose así a la ciudadanía en un potente agente de transformación social.

Necesidad y oportunidad de su aprobación

Actualmente se está regulando normativamente el marco de la atención socioeducativa en zonas de transformación social. Esto conlleva, entre otros, la regulación de los Planes de Atención Socioeducativa, ya que la normativa que los regula se encuentra derogada.

La Orden responde a la necesidad de concretar el procedimeinto para la elaboración, aprobación, desarrollo, seguimiento y evaluación de los Planes de Atención Socioeducativa atendiendo a los nuevos principios que se han incorporado en la normativa que se está regulando para posibilitar otras formas de trabajo, más allá del centro educativo, en coordinación con el resto de los dispositivos públicos y/o privados del entorno y que sean lo más eficaces posibles.

Objetivos de la norma

- Regular y desarrollar los Planes de Atención Socioeducativa que se desarrollarán en los centros educativos sostenidos con fondos públicos ubicados en zonas de transformación social, o que no estando ubicados en esas zonas, tengan escolarizado un número elevado de alumnado en riesgo de exclusion social. Se trata de articular medidas que favorezcan el éxito escolar de este alumando que se encuentra en desventaja social y que, por tanto, tiene circunstancias contextuales que dificultan un desarrollo educativo normalizado.

- Regular los recursos y apoyos que se consideran necesarios para la realización de estos planes.

- Establecer los cauces necesarios para una coordinación interadministrativa que haga posible el desarrollo de estos planes como apoyo a la transformación social.

Posibles soluciones alternativas

No se han considerado otras soluciones alternativas dado que la importancia de las medidas hace necesaria la tramitación de una nueva disposición con rango de Orden, sin perjuicio del posterior desarrollo normativo de la misma.

Envío de aportaciones

dg.diversidad.participacion.convivencia.ced@juntadeandalucia.es

Quien formule estas aportaciones deberá incluir en su correo, su nombre y apellidos o razón social o denominación de la entidad a la que represente.

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Fecha de publicación
Periodo de vigencia
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Organismo
Desarrollo Educativo y Formación Profesional
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