Proyecto de la Orden de * de * de 2021 por la que se modifica la Orden de 27 de diciembre de 2019, por la que se aprueba el Reglamento de funcionamiento del Consejo Regulador de la Indicación Geográfica Protegida «Aceite de Jaén»

Información general

Antecedentes de la norma

La Ley 2/2011, de 25 de marzo, de la Calidad Agroalimentaria de Andalucía establece la naturaleza, el régimen jurídico y el ámbito de competencias de los Consejos Reguladores. El Consejo Regulador es el órgano de gestión de las Denominaciones de Origen Protegidas, de las Indicaciones Geográficas Protegidas, de las Indicaciones Geográficas de Bebidas Espirituosas e Indicación geográfica de productos vitivínícolas aromatizados, en el que estarán representadas las personas productoras o elaboradoras inscritas en los registros que se establezcan en el reglamento específico de las citadas denominaciones de calidad. Los Consejos Reguladores se constituyen como corporaciones de Derecho Público, con personalidad jurídica propia, autonomía económica y plena capacidad de obrar para el cumplimiento de las funciones que determine la citada ley y establezcan los reglamentos que se dicten en desarrollo de la misma.  De conformidad con los artículos 12.2 y 16 de la Ley 2/2011, de 25 de marzo, los Consejos Reguladores deberán ser autorizados por la persona titular de la consejería competente en materia agraria y pesquera antes de iniciar su actividad, entendiéndose autorizado y adquiriendo su naturaleza jurídica con la publicación de su Reglamento en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA).

Problemas que se pretenden solucionar

Se pretende modificar el Reglamento de funcionamiento del Consejo Regulador de conformidad con los artículos 13.2 a ) y 16 de la Ley 2/2011, de 25 de marzo, de la Calidad Agroalimentaria de Andalucía.

Necesidad y oportunidad de su aprobación

Se justifica la necesidad y oportunidad de la aprobación de la Orden por corresponder a la persona titular de la Dirección General de Industrias, Innovación y Cadena Agroalimentaria la aprobación del Reglamento de funcionamiento del Consejo Regulador, de conformidad con lo establecido en los artículos 48, 79.3.a) y 83 de la Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía, en el Decreto de la Presidenta 3/2020, de 3 de septiembre, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías, y en el Decreto 103/2019, de 12 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura,Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible, así como en el artículo 44.2 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, de Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Objetivos de la norma

El Consejo Regulador ha procedido a la elaboración y presentación ante Consejería  de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural de una solicitud de modificación de su Reglamento de funcionamiento, de conformidad con lo previsto en el artículo 13.2.a) de la Ley 2/2011, de 25 de marzo, de la Calidad Agroalimentaria de Andalucía. El objetivo de esta norma es aprobar la modificación propuesta por el Consejo Regulador. 

Posibles soluciones alternativas

No existen soluciones alternativas por estar configurado el Consejo Regulador como corporación de Derecho Público que, de acuerdo con lo establecido en los artículos 12.2 y 16 de la Ley 2/2011, de 25 de marzo, se entiende autorizado y adquiere su naturaleza jurídica con la publicación de su Reglamento en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA). Por lo que procede la aprobación de cualquier modificación de su Reglamento mediante Orden de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible publicada en BOJA.

Envío de aportaciones

La ciudadanía, organizaciones y asociaciones que así lo consideren pueden hacer llegar sus opiniones sobre los aspectos planteados en este documento a través del siguiente correo electrónico: svcdoo.dgiica.cagpds@juntadeandalucia.es

Quien formule estas aportaciones deberá incluir en su correo, su nombre y apellidos o razón social o denominación de la entidad a la que represente.

Fecha de publicación
Periodo de vigencia
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Organismo
Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural
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