Proyecto de Orden por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a becas de formación, investigación y apoyo en materias relacionadas con los ámbitos de competencia de la Secretaría General de Vivienda.

Información general

Antecedentes de la norma

El Decreto 91/2020, de 30 de junio, por el que se regula el Plan Vive en Andalucía, de vivienda, rehabilitación y regeneración urbana de Andalucía 2020-2030,contempla en el Título V distintas líneas de actuación, como la de subvención consistente en becas de formación destinadas a profesionales de los ámbitos de la vivienda, la rehabilitación y la arquitectura, contribuyendo con ello a que estas disciplinas aporten soluciones en beneficio de la sociedad.

La Orden de 8 de marzo de 2018 de la Consejería de Fomento y Vivienda (BOJA núm. 51, de 14 marzo de 2018) estableció las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a becas de formación, investigación y apoyo en materias relacionadas con la cooperación internacional y el fomento de la arquitectura, que se aprobaron acogiéndose a la Orden de 5 de octubre de 2015, de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, por la que se aprueban las bases reguladoras tipo y los formularios tipo de la Administración de la Junta de Andalucía para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva (BOJA núm. 215, de 5 de noviembre de 2015).

Problemas que se pretenden solucionar

Evitar el desfase que existe en la aprobación de convocatorias regidas por unas bases reguladores acogidas a la Orden de 5 de octubre de 2015, de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, por la que se aprueban las bases reguladoras tipo y los formularios tipo de la Administración de la Junta de Andalucía para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva (BOJA núm. 215, de 5 de noviembre de 2015), que fue derogada por la Disposición derogatoria única de la Orden de 20 de diciembre de 2019, por la que se aprueban las bases reguladoras tipo y los formularios tipo de la Administración de la Junta de Andalucía para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva ( BOJA 249, de 30 de diciembre de 2019).

Adaptar las nuevas bases y las convocatorias que se aprueben a lo dispuesto en la Orden de 20 de diciembre de 2019, por la que se aprueban las bases reguladoras tipo y los formularios tipo de la Administración de la Junta de Andalucía para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva y que a su vez contemplen aspectos y circunstancias no previstas en las vigentes Bases reguladoras.

Necesidad y oportunidad de su aprobación

A la solución de los problemas descritos en el apartado precedente, se une el de adaptar las bases y convocatorias futuras a lo establecido en el Decreto 622/2019, de 27 de diciembre, de administración electrónica, simplificación de procedimientos y racionalización organizativa de la Junta de Andalucía.

Objetivos de la norma

Desarrollar el Decreto 91/2020, de 30 de junio, por el que se regula el Plan Vive en Andalucía, de vivienda, rehabilitación y regeneración urbana de Andalucía 2020-2030, y que contempla en el Título V distintas líneas de actuación, como la de subvención consistente en becas de formación destinadas a profesionales de los ámbitos de la vivienda, la rehabilitación y la arquitectura, contribuyendo con ello a que estas disciplinas aporten soluciones en beneficio de la sociedad.

Y, ejercer las funciones que el Decreto 107/2019, de 12 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio, en su artículo 7, apartado n) establece que corresponde a la Secretaría General de Vivienda, entre otras , la programación, promoción y fomento de actividades de educación y sensibilización en las materias de vivienda, rehabilitación y arquitectura a través de actividades de estudio, divulgación, formación y otros.

Posibles soluciones alternativas

No se han contemplado otras soluciones.

Envío de aportaciones

consultaprevia.vivienda@juntadeandalucia.es

Quien formule estas aportaciones deberá incluir en su correo, su nombre y apellidos o razón social o denominación de la entidad a la que represente.

Fecha de publicación
Periodo de vigencia
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Organismo
Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda
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