Proyecto de Orden de la Consejería de Agricultura, Ganaderia, Pesca y Desarrollo Sostenible por la que se modifica la Orden de 30 de junio de 2020 por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régmien de concurrencia no competitiva, dirigida al fomento de procesos de integración y fusión de entidades asociativas agroalimentarias de Andalucía.
Información general
Dentro de un contexto de mercado cada vez más abierto a la competencia internacional, a una distribución más concentrada y a una atomización y pequeña dimensión del sector productor agroalimentario, una parte del mismo está realizando un esfuerzo de vertebración, instrumentado a través de distintas figuras organizativas de cooperación empresarial, que promueven la concentración de la oferta y un aprovechamiento de la economía de escala. Este movimiento de vertebración y organización del sector ha sido auspiciado con el apoyo institucional fomentando la cooperación empresarial, las fusiones, la integración y las alianzas estratégicas de empresas así como la constitución de entidades asociativas de 2.º y ulterior grado. El fomento del cooperativismo ha sido una constante en la política de la Consejería competente en materia de agricultura en las sucesivas legislaturas, promoviendo la participación activa de los profesionales de la producción en los procesos de transformación empresarial e industrial. Ese apoyo se ha materializado en dos grandes lineas, por un lado la priorización de las cooperativas en el acceso a determinadas ayudas (mayoritariamente inversiones) y por otro, incentivando la agrupación de cooperativas y otras entidades en estructuras de mayor dimensión, lo cual ha llevado al desarrollo de nuevas figuras normativas. La Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible, muy comprometida con estos objetivos, desarrolló dos líneas de fomento del cooperativismo, una por la vía de integración de entidades en otras de mayor dimensión y otra por la vía de la fusión de entidades, bien por absorción o por la constitución de una nueva entidad, plasmandose la incentivación de estas lineas con varías ordenes de ayudas siendo la Orden de 30 de junio de 2020 por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva,dirigidas al fomento de procesos de integración y fusión de entidades asociativas agroalimentarias de Andalucía, la norma reguladora vigente y que se pretende modificar con este nuevo proyecto de Orden para una mejora en la tramitación y en los requisitos necesarios para el máximo aprovechamiento de estas ayudas para la concentración de las distintas figuras organizativas de cooperación; y por último incorporar a la norma todos aquellos aspectos nuevos que son fruto de la experiencia en la tramitación que supone una mejora en el procedimiento y en la clarificación de conceptos que podían resultar confusos en el tramitación normativa, Asi mismo la Orden se adapta a las siguiente disposiciones normativas: Reglamento (UE) 1407/2013, de la Comisión de 18 de diciembre, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea de a las ayudas de mínimis; Ley 38/2003, de 17 de noviembre,General de Subvenciones; Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas; Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público; Real Decreto 887/2006 de21 de julio por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones; Decreto 282/2010, de 4 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de los Procedimientos de Concesión de Subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía;Orden de 20 de diciembre de 2019, por la que se aprueban las bases reguladoras tipo y los formularios tipo de la Administración de la Junta de Andalucía para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva; Ley 14/2011, de 23 de diciembre de Sociedades Cooperativas Andaluzas; Ley 13/2013, de 2 de agosto, fomento de la integración de cooperativas y otras entidades asociativas de carácter agroalimentario y su normativa autonómica de desarrollo.
La modifcación de la Orden de 30 de junio de 2020, pretende aportar mayor precisión sobre los requisitos aplicables a los conceptos subvencionados y a las necesidades de las entidades que acomenten un proceso de integración o de fusión. Asimismo, pretende seguir incentivando la concentración de las personas productoras y de las distintas entidades en zonas rurales LEADER evitando así la despoblación y la atomización del sector tanto del sector primario como del transformador, intentando alcanzar un aumento del valor añadido en todos los ambos sectores en estas zonas.
En el marco de la problemática anterior, se considera necesario seguir impulsando el proceso de concentración de entidades como un instrumento complementario al reconocimiento de las Entidades Asociativas Prioritarias, bien a nivel autonómico o a nivel supraautonómico (Decreto 188/2017, de 21 noviembre, por el que regulan las entidades asociativas prioritarias agroalimentarias de Andalucía y se crea su registro/Ley 13/2013, de 2 de agosto, de fomento de la integración de cooperativas y de otras entidades asociativas de carácter agroalimentario), sin olvidar los objetivos y contenido del I Plan de Igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres en la actividad agroalimentaria y pesquera de Andalucía, Horizonte 2020.
El objetivo es mejorar los mecanismos que incentiven la asociaciación agroalimentaria, caracterizada por su atomización y escasa integración vertical, para adecuarla a los nuevos retos y ganar eficiencia y competitividad mediante instrumentos y medidas que confieran a las entidades asociativas un mayor protagonismo en nuestro sistema agroalimentario mediante el redimensionamiento. Asimismo y tras las diferentes convocatorias en los últimos años se pretende en ambas líneas la mejor redacción de los requisitos generales para establecer y concretar las fases y el momento en que se hacen efectivos los distintos requisitos de los procedimientos tanto de integración como de fusión.
No se contemplan otras soluciones alterativas
La ciudania, entidades, organizaciones y asociaciones que así lo consideren pueden hacer llegar sus opiniones sobre los aspectos planteados en este documento a través del siguiente correo: svcdoo.dgiica.cagpds@juntadeandalucia.es. Quien formule estas aportaciones deberá incluir en su correo, su nombre y apellidos o razón social o denominación de la entidad a la que represente.
Quien formule estas aportaciones deberá incluir en su correo, su nombre y apellidos o razón social o denominación de la entidad a la que represente.
La Junta