Orden de formulación del Plan Especial de la Vega del Río Andarax en la Aglomeración Urbana de Almería.

Información general

Antecedentes de la norma

- Decreto 206/2006, de 28 de noviembre, por el que se aprueba del Plan de Ordenación del Territorio de Andalucía.

- Decreto 351/2011, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Plan de Ordenación del Territorio de la Aglomeración Urbana de Almería.

Problemas que se pretenden solucionar

Se pretende la salvaguarda y puesta en valor de los recursos territoriales de la Vega del Río Andarax en la aglomeración, proponiendo entre otras acciones la configuración de una red comarcal de espacios libres que definan la identidad de la aglomeración y puedan ser utilizados por la población. Así como actuaciones de recuperación, restauración e integración ambiental y social de la vega.

Necesidad y oportunidad de su aprobación

Para llevar a cabo el mandato establecido en la normativa del POTAUA y por la oportunidad de determinar las condiciones generales de uso y ordenación de este espacio que posibilite la configuración de una red de espacios libres vertebrada por el cauce del Río, la protección y recuperación medioambiental del corredor lineal, la recuperación de los usos tradicionales asociados a la Vega, la integración de la Vega con los núcleos y la ciudad de Almería, y la recuperación, puesta en valor y revitalización del patrimonio natural, histórico, cultural y paisajístico.

Objetivos de la norma

La redacción del plan especial persigue los siguientes objetivos generales: La configuración de una red de espacios libres vertebrada por el cauce del río, la protección y recuperación medioambiental del corredor lineal, la recuperación de los usos tradicionales y asociados en la Vega, la integración de la Vega con los núcleos y la ciudad de Almería, la recuperación, puesta en valor y revitalización del Patrimonio natural, histórico, cultural y paisajístico, la consolidación de un sistema de movilidad sostenible, que integre los caminos históricos y rurales, la articulación de una gobernanza plural que contribuya al equilibrio social de los municipios integrados en el ámbito, y la coordinación territorial entre las administraciones con competencias en el ámbito del plan especial.

Posibles soluciones alternativas

No hay otras alternativas para dotar al ámbito de un instrumento de planificación de desarrollo que permita la implantación de las actuaciones propuestas entre los objetivos del plan especial que se propone, previsto en el art.14 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía.

Envío de aportaciones

pe.vegarioandarax.cpp.cfiot@juntadeandalucia.es

Quien formule estas aportaciones deberá incluir en su correo, su nombre y apellidos o razón social o denominación de la entidad a la que represente.

Fecha de publicación
Periodo de vigencia
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Organismo
Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda
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