Proyecto de Bases Reguladoras de ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, a Universidades Públicas Andaluzas para el desarrollo de proyectos de investigación en las materias competencia de la Secretaría General de Vivienda.
Información general
El Decreto del Presidente 2/2019, de 21 de enero, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías, en su redacción dada por el Decreto del Presidente 6/2019, de 11 de febrero, que modifica el anterior, establece en su artículo 12 que corresponde a la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio, entre otras, las competencias que tenía atribuidas la anterior Consejería de Fomento y Vivienda, así como las competencias en materia de ordenación del territorio y del litoral y urbanismo, que venían siendo ejercidas por la anterior Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio. A fin de actualizar y recoger las competencias asignadas a las dos Consejerías extintas, mediante Decreto 107/2019, de 12 de febrero, (BOJA núm. 31, de 14 de febrero de 2019), modificado por Decreto 440/2019, de 2 de abril, (BOJA núm. 66, de 5 de abril de 2019), se establece la estructura orgánica de la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio.
Este Decreto 107/2019, de 12 de febrero, contempla en su artículo 1.c) que corresponde a la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio,entre otras,las competencias de investigación, desarrollo e innovación (I+D+I) y en su artículo 7.1. que la Secretaría General de Vivienda es el organo de dirección, desarrollo, ejercicio, coordinación ycontrol de las políticas de vivienda, rehabilitación y arquitectura, así como el de planificación, análisis, inspección y seguimiento de dichas políticas, correspondiendole, entre otras funciones, según su articulo7.2.n) las de programación, promoción y fomento de actividades de educación y sensibilización en las materias de vivienda, rehabilitación y arquitectura a través de actividades de estudio, divulgación, formación y otros.
En este sentido, la administración autonómica ha aprobado el Plan Vive en Andalucía, de vivienda, rehabilitación y regeneración urbana de Andalucía2020-2030,según Decreto 91/2020 de 30 de junio (BOJA núm. 127, de 3 de julio), documento en el que se concretan las políticas públicas de vivienda y rehabilitación de la Comunidad Autónoma,en cuyo Título V se contempla el fomento de la investigación en materia de vivienda, rehabilitación y arquitectura puesto que el análisis y el conocimiento de la realidad de la vivienda en Andalucía es un factor fundamental para determinar las medidas a adoptar para propiciar un proceso de transformación que repercuta en una mejora en las condiciones de vida de la ciudanía andaluza, con el que se pretende promover la actividad investigadora sobre temas específicos en las distintas áreas de intervención a efectos de fundamentar actuaciones concretas y coherentes, mediante ayudas para la promoción y desarrollo de esta actividad.
Con esta nueva linea de ayudas se pretende mejorar el conocimiento de los sectores relacionados con las materiascompetencia de la Secretaría General de Vivienda desde una perspectiva de la sostenibilidad ambiental y social, garantizando una actividad investigadora de calidad, impulsando iniciativas de investigación que tengan una aplicación directa, tanto en las políticas públicas andaluzas como en las actividades del tejido social y empresarial andaluz, impulsando la transferencia del conocimiento e incentivando la investigación de las Universidades Públicas Andaluzas y orientada a una mejor actuación y gestión por parte de las administraciones públicas.
Se pretende que con la información y el conocimiento obtenidos se puedan establecer las estrategias más adecuadas de intervención.
La implantación de un nuevo Eje de Investigación y Formación expresado en el Plan Vive en Andalucía 2020-2030 requiere, para su desarrollo, la redacción y aprobación de unas nuevas bases reguladoras para la concesión de ayudas con el objeto de promover, apoyar e impulsar el trabajo realizado por las Universidades Públicas Andaluzas y contribuir así a que su labor redunde en beneficio del progreso y bienestar de nuestra comunidad y su ciudadanía.
Establecer unas nuevas bases reguladoraspara la concesión de ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a Universidades Públicas Andaluzas para el desarrollo de proyectos de investigación en las materias competencia de la Secretaría General de Vivienda, con objeto de promover, apoyar e impulsar el trabajo realizado por éstas, así como contribuir a que su labor redunde en beneficio del progreso y bienestar de nuestra comunidad y su ciudadanía.
El objeto de este nuevo eje de investigación del PlanVive en Andalucía 2020-2030es mejorar permanentemente el conocimiento de la realidad de la vivienda y el fomento de la arquitectura en Andalucía, mediante el impulso de las estrategias más adecuadas para el cambio, y el análisis de los logros conseguidos, manteniendo de forma sostenida la actividad investigadora sobre la situación de la vivienda y la arquitectura en Andalucía, así como sobre la rehabilitación del patrimonio arquitectónico, histórico y antropológico andaluz, englobando desde su catalogación y conservación, hasta su puesta en valor y su reutilización. Todo ello a través de nuevas perspectivas conceptuales que den respuesta arquitectónica a las necesidades de transformación y crecimiento.
Se destacará especialmente la rehabilitación de los centros históricos y su habitabilidad, haciendo especial hincapié en la sostenibilidad, el consumo,la eficiencia energética, la accesibilidad, así como la convivencia, de forma que se eviten las consecuencias negativas que se pudieran derivar del gran reto del turismo y la gentrificación, mediante respuestas arquitectónicas y la propuesta de nuevas formas de habitar los centros históricos y ocupación de estos centros.
No se han contemplado otras soluciones que no sean regulatorias.
La ciudadanía, así como todas aquellas entidades u organizaciones interesadas pueden enviar sus aportaciones y sugerencias sobre esta norma, a través de esta dirección de correo electrónico:
consultaprevia.vivienda@juntadeandalucia.es
El plazo será de 10 días hábiles a partir de su publicación.
Quien formule estas aportaciones deberá incluir en su correo, su nombre y apellidos o razón social o denominación de la entidad a la que represente.
La Junta