Proyecto de Orden por la que se regula la formación y capacitación de las personas que realicen actividades relacionadas con la utilización en el ámbito de la ganadería de productos biocidas para la higiene veterinaria
Información general
El uso de biocidas de higiene veterinaria está regulado por el Real Decreto 830/2010 por el que se establece la normativa reguladora de la capacitación para realizar tratamientos con biocidas y la Orden de 15 de julio de 2016 de Andalucía que prorrrogaba determiandos periodos trasnitorios en base a la disposición transitoria primera del Real Decreto 830/2010.
El Decreto 161/2007, de 5 de junio, regula los cursos de formación para la capacitación para el uso de los biocidas de de higiene veterinaria y la acreditación de la misma.
El Real Decreto 830/2010 establece la formación necesaria para la capacitación del personal que profesionalmente se dedique las actuaciones de su ámbito de aplicación y define tres tipos de biocidas en función de su autorización, biocidas de uso profesional especializado, biocidas de uso profesional y biocidas de uso público general.
La Orden pretende regular la capacitación necesaria para el uso de biocidas de higienen veterinaria por personal y para biocidas cuya formación no está establecida en el Real Decreto 830/2010.
El periodo transitorio de aplicación de la normativa anterior concluye en julio de 2021 por lo que conviene aclarar la capacitación necesaria para el uso de biocidas de higiene veterinaria a partir de la finalización de los periodos transitorios para aquellas cuestiones no reguladas por el Real Decreto 830/2010
Dar cumplimiento a la normativa comunitaria, nacional y autonómica y garantizar la formación de las personas que utilicen biocidas para la higienen veterinara en las explotaciones ganaderas y determinadas operaciones conexas
No se plantean soluciones alternativas no regulatorias.
La ciudadanía, organizaciones y asociaciones que así lo consideren pueden hacer llegar sus opiniones sobre los aspectos planteados en este documento a través del siguiente correo electrónico:
nginspecsani.svsa.dgpag.cagpds@juntadeandalucia.es
Quien formule estas aportaciones deberá incluir en su correo, su nombre y apellidos o razón social o denominación de la entidad a la que represente.
La Junta