Proyecto de Orden por la que se modifica la Orden de 26 de junio de 2018, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a la creación de empresas para los jóvenes agricultores, en el marco del Programa de Desarrollo Rural 2014-2020 (submedida 6.1).

Información general

Antecedentes de la norma
  • Orden de 26 de junio de 2018, de la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural, por la que se aprobaron las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a la creación de empresas para los jóvenes agricultores, en el marco del Programa de Desarrollo Rural 2014-2020 (Submedida 6.1).

  • Orden de 9 de abril de 2019, por la que se modifica la Orden de 26 de junio de 2018, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, en el marco del Programa de Desarrollo Rural 2014-2020 (submedida 6.1) (BOJA núm. 74, de 17/07/19).

  • Orden de 17 de diciembre de 2020, por la que se modifica la Orden de 26 de junio de 2018, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a la creación de empresas para los jóvenes agricultores, en el marco del Programa de Desarrollo Rural 2014-2020 (Submedida 6.1) (BOJA núm. 246, de 23/12/20).

  • Reglamento (UE) núm. 1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de diciembre de 2013, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y por el que se deroga el Reglamento (CE) núm. 1698/2005 del Consejo.

  • Reglamento (UE) núm. 2020/2220 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de diciembre de 2020, por el que se modifica el citado Reglamento (UE) núm. 1305/2013.

Problemas que se pretenden solucionar

Con la publicación del Reglamento (UE) núm. 2020/2220 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de diciembre de 2020, se permite que el importe máximo que una persona joven reciba por su incorporación a la actividad agraria supere los 70.000 euros establecido como máximo por la anterior normativa comunitaria. En virtud de ello, en la propuesta de Versión 10 del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020 (PDR) se ha incluido un incremento de la prima.

Igualmente, en dicha propuesta de Versión 10 del PDR también se contempla una reducción de los requisitos de acceso en el caso de agricultores que accedan a la actividad agraria bajo la figura de la Titularidad Compartida de la explotación, lo cual se espera redunde en un incremento del número de explotaciones que se inscriban en el Registro de titularidad compartida (RETICOM).

Procede por tanto, actualizar la Orden de 26 de junio de 2018 para adaptar la misma a las nuevas disposiciones establecidas en la Versión 10 del PDR, quedando supeditadas la entrada en vigor de las mismas a la publicación de la citada versión.

Necesidad y oportunidad de su aprobación

Con esta modificación de la Orden de 26 de junio de 2018, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a la creación de empresas para los jóvenes agricultores, se pretende adecuar la misma a las modificaciones introducidas en la versión décima del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020, a raíz de la publicación del Reglamento (UE) núm. 2020/2220 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de diciembre de 2020.

 

Objetivos de la norma

Adaptar la Orden de 26 de junio de 2018 a las nuevas disposiciones contempladas en la ficha de la Submedida 6.1 en la nueva versión 10 del del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020.

 

Posibles soluciones alternativas

No se plantean soluciones alternativas no regulatorias.

Envío de aportaciones

La ciudadanía, organizaciones y asociaciones que así lo consideren pueden hacer llegar sus opiniones sobre los aspectos planteados en este documento a través del siguiente correo electrónico:

dgpag.cagpds@juntadeandalucia.es

Quien formule estas aportaciones deberá incluir en su correo, su nombre y apellidos o razón social o denominación de la entidad a la que represente.

Fecha de publicación
Periodo de vigencia
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Organismo
Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural
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