Proyecto de Orden por la que se modifica la Orden de 25 de octubre de 2018, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a Comunidades de Regantes, para la conexión a estaciones de tratamiento de aguas regeneradas procedentes de depuradoras de aguas residuales o desaladoras de agua de mar y aguas salobres para su utilización en el riego agrícola, en el Marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020 (Submedida 4.3)
Información general
Orden de 25 de octubre de 2018, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a Entidades Locales para la instalación de sistemas de filtrado y desinfección de aguas tratadas en estaciones depuradoras de aguas residuales, en el Marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020 (submedida 4.3)
La modificación de esta Orden se realiza con el objetivo de dar un aprovechamiento a las aguas residuales, como la reutilización de las mismas mediante sistemas complementarios de tratamientos a través de la filtración y desinfección de aguas depuradas así como instalaciones de almacenamiento de dichas aguas tratadas, para que sean utilizadas por las Comunidades de Regantes con la finalidad de su utilización en el riego agrícola, permitiendo el cumplimiento de los límites establecidos en el R.D. 1620/2007, de 7 de diciembre por el que se establece el régimen jurídico de la reutilización de las aguas depuradas, y que posteriormente quedará afectado por la aplicación del R.D. 741/2020 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de mayo relativo a los requisitos mínimos para la reutilización del agua.
Se pretende por tanto, no solo paliar el déficit y la escasez de agua que existe en muchas cuencas de Andalucía, facilitando la sustitución de recursos convencionales por otros no convencionales a las Comunidades de Regantes de forma que puedan mejorar sus garantías y la competitividad de las explotaciones, sino paralelamente reducir el vertido de aguas residuales al mar, que con el adecuado tratamiento mediante filtración y desinfección, permita disponer del uso de dichas aguas con las suficientes garantías sanitarias, dando cumplimiento a la normativa europea.
Radica en la ejecución del presupuesto FEADER aprobado para el Marco Financiero Plurianual 2014-2020 asignado al Servicio de Regadíos e Infraestructuras.
Estas inversiones permitirán dotar a las depuradoras existentes de instalaciones que permitan mejorar la calidad del agua tratada hasta alcanzar los límites establecidos en el R.D. 1620/2007, de 7 de diciembre, por el que se establece el régimen jurídico de la reutilización de las aguas depuradas, para los diferentes usos agrarios.
La reutilización de aguas regeneradas en la agricultura, se contempla como medida para paliar los problemas de la escasez de agua convencional mediante la utilización de recursos no convencionales como el aprovechamiento de aguas residuales.
La reutilización es muy valiosa para la agricultura, dado que garantiza la disponibilidad de un recurso que de otra forma se perdería. Su aplicación es una práctica común en Andalucía y la tecnología existente así como la garantía de que el tratamiento lo hagan gestores especializados permitirán que su uso se haga con las suficientes garantías sanitarias. En este sentido, la ayuda está destinada a la inversión en activos físicos, instalaciones para la filtración y desinfección en estaciones de tratamiento de aguas depuradas, para que ese agua pueda ser utilizada por Comunidades de Regantes.
No se contemplan
svregadios.sscc.capder@juntadeandalucia.es
Quien formule estas aportaciones deberá incluir en su correo, su nombre y apellidos o razón social o denominación de la entidad a la que represente.
La Junta