Proyecto de Orden por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia no competitiva, de subvenciones de los programas de ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de edificio, a las actuaciones de mejora de la eficiencia energética de viviendas y a la elaboración del libro del edificio existente para la rehabilitación y la redacción de proyectos de rehabilitación, del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Información general
El Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, por el que se regulan los programas de ayuda en materia de rehabilitación residencial y vivienda social del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, tiene por objeto regular los programas de ayuda en los ámbitos de la rehabilitación residencial y construcción de vivienda social, dentro del marco general del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y, específicamente, en relación con las inversiones C02.I01 «Programa de rehabilitación para la recuperación económica y social en entornos residenciales» y C02.I02 «Programa de construcción de viviendas en alquiler social en edificios energéticamente eficientes», incluidas ambas dentro del componente 2 «Implementación de la Agenda Urbana española: Plan de rehabilitación y regeneración urbana».
Alcanzar los objetivos establecidos por el Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, por el que se regulan los programas de ayuda en materia de rehabilitación residencial y vivienda social del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, en materia de rehabilitación residencial e incrementar a corto plazo el parque de vivienda en alquiler social.
Desarrollar los programas de ayudas relativos a las actuaciones de rehabilitación a nivel edificio, de mejora de eficiencia energética de viviendas y a la elaboración del libro del edificio existente para la rehabilitación y la redacción de proyectos de rehabilitación, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía, como beneficiaria directa de las mismas, sirviendo las futuras convocatorias como mecanismos de concesión de las ayudas a los destinatarios últimos de las mismas.
Aprobar las bases reguladoras para la concesión de ayudas a las actuaciones de rehabilitación a nivel de edificio, a las actuaciones de mejora de la eficiencia energética de viviendas y a la elaboración del libro del edificio existente para la rehabilitación y la redacción de proyectos de rehabilitación, del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
No se han contemplado otras soluciones que no sean regulatorias.
La ciudadanía, así como todas aquellas entidades u organizaciones interesadas pueden enviar sus aportaciones y sugerencias sobre esta norma, a través de esta dirección de correo electrónico:
consultaprevia.vivienda@juntadeandalucia.es
El plazo será de 5 días hábiles a partir de su publicación. Quien formule estas aportaciones deberá incluir en su correo, su nombre y apellidos o razón social y denominación de la entidad a la que represente.
Quien formule estas aportaciones deberá incluir en su correo, su nombre y apellidos o razón social o denominación de la entidad a la que represente.
La Junta