ORDEN por la que se modifica orden de 7 de mayo de 2018, por la que se establecen normas adicionales relativas al pago específico al cultivo del algodón.
Información general
Reglamento (UE) núm 1307/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se establecen normas aplicables a los pagos directos a los agricultores en virtud de los regímenes de ayuda incluidos en el marco de la Política Agrícola Común y por el que se derogan los Reglamentos (CE) núm 637/2008 y (CE) núm 73/2009 del Consejo.
Reglamento Delegado (UE) núm 639/2014 de la Comisión, de 11 de marzo de 2014, que completa el Reglamento (UE) núm 1307/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo.
Reglamento (UE) núm 641/2014 de la Comisión, de 16 de junio de 2014, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) núm 1307/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo.
Real Decreto 1075/2014, de 19 de diciembre, sobre la aplicación a partir de 2015 de los pagos directos a la agricultura y a la ganadería y otros regímenes de ayuda, así como sobre la gestión y control de los pagos directos y de los pagos al desarrollo rural.
Órdenes anuales del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación sobre el pago específico al cultivo del algodón para la campaña que corresponda.
Orden de 7 de mayo de 2018, por la que se establecen normas adicionales relativas al pago específico al cultivo del algodón
En función de la experiencia adquirida han determinado la necesidad de modificar los aspectos relacionados con el control de la división artificial de las parcelas, para conseguir que estos se realicen de forma más eficaz, de esta forma se procede a modificar el artículo 2 de la citada Orden de 7 de mayo de 2018.
Realizar controles sobre la división artificial de las parcelas más dirigidos y eficaces.
Modificación de la actual norma Orden de 7 de mayo de 2018.
Continuar con la vigencia del articulado actual de la Orden de 7 de mayo de 2018, que conlleva realización de controles poco eficaces.
La ciudadanía, organizaciones y asociaciones que así lo consideren pueden hacer llegar sus opiniones sobre los aspectos planteados en este documento a través del siguiente correo electrónico:
consulta.vinedo.cagpds@juntadeandalucia.es
Quien formule estas aportaciones deberá incluir en su correo, su nombre y apellidos o razón social o denominación de la entidad a la que represente.
La Junta