Proyecto de Orden por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva para la construcción, ampliación y equipamiento de escuelas infantiles exclusivas de primer ciclo cuya titularidad corresponda a entidades locales de la Comunidad Autónoma de Andalucía y se efectúa su convocatoria para el año 2022.
Información general
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Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
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Ley 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación de Andalucía.
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Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
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Decreto 282/2010, de 4 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de los Procedimientos de Concesión de Subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía.
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La Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.
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Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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Orden HFP/1031/2021, de 29 de septiembre, por la que se establece el procedimiento y formato de la información a proporcionar por las Entidades del Sector Público Estatal, Autonómico y Local para el seguimiento del cumplimiento de hitos y objetivos y de ejecución presupuestaria y contable de las medidas de los componentes del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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Resolución de 23 de diciembre de 2021, de la Secretaría de Estado de Educación, por la que se publica el Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Educación de 25 de noviembre de 2021, por el que se aprueba la propuesta de distribución territorial de los créditos destinados al Programa de impulso de escolarización en el primer ciclo de Educación Infantil, en el marco del componente 21 del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.
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Decreto-ley 3/2021, de 16 de febrero, por el que se adoptan medidas de agilización administrativa y racionalización de los recursos para el impulso a la recuperación y resiliencia en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
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Orden de 20 de diciembre de 2019, por la que se aprueban las bases reguladoras tipo y los formularios tipo de la Administración de la Junta de Andalucía para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva.
Como avalan múltiples estudios científicos, la escolarización temprana, especialmente del alumnado más vulnerable, se configura como un elemento de enorme relevancia para asentar los cimientos educativos que permitirán tanto los posteriores aprendizajes como la efectiva integración social, constituyéndose así como un elemento fundamental para la compensación de las desigualdades que pueden presentar los niños y niñas al acceder al sistema educativo.
Actualmente, la tasa de escolarización en esta etapa educativa, en la comunidad autónoma de Andalucía, se encuentra muy cerca del 50% de la población entre 0 y 3 años, por lo que existe un amplio margen para mejorar y aumentar la tasa de escolarización. Además, dirigiendo esta línea de subvención hacia el ámbito territorial de las entidades locales donde aún no hay oferta de primer ciclo de educación infantil se prioriza la creación de plazas públicas que van a permitir el acceso del alumnado en zonas con mayor incidencia de riesgo de pobreza o exclusión social y la extensión a áreas rurales.
Dentro de las políticas palanca del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia del Gobierno de España, concretamente en la palanca VII, referida a la educación y conocimiento, formación continua y desarrollo de capacidades, se incluye el componente 21: “Modernización y digitalización del sistema educativo, incluida la educación temprana de 0 a 3 años”; en cuyo marco el Ministerio de Educación y Formación Profesional va a desarrollar, con el conjunto de las Comunidades Autónomas, el programa de cooperación territorial de impulso de escolarización en el primer ciclo de educación infantil con nuevas plazas de titularidad pública, prioritariamente para niñas y niños de 1 y 2 años.
Dicho Plan se traduce, con carácter general, en un mecanismo para la recuperación, resilencia y promoción de aquellos sectores económicos y sociales afectados por la pandemia provocada por la Covid-19 y se nutre de aquella parte del presupuesto de la Unión Europea en que este se ha visto incrementado por esta causa y que se conoce como fondos Next Generation.
Con esta iniciativa normativa se pretende dar cauce a los objetivos propuestos en dicho programa de cooperación de impulso de la escolarización en el primer ciclo de educación infantil para la implementación de las previsiones educativas del Plan en el ámbito de nuestra Comunidad Autónoma y canalizar los fondos destinados por Europa a reparar los daños provocados por la pandemia e impulsar, a través de reformas e inversiones, los sectores afectados.
Esta Orden incentiva a las Entidades Locales para que en su ámbito territorial, mediante las subvenciones que se les concederían, tengan la posibilidad de construir o ampliar escuelas infantil de titularidad pública, ofreciendo una oferta de plazas de primer ciclo suficiente para atender las necesidades de escolarización de los niños y niñas menores de 3 años que actualmente no encuentran en sus núcleos de población y que por tanto, dificulta su escolarización en centros de primer ciclo de educación infantil.
La Orden responde al compromiso recogido en el citado programa de cooperación territorial de impulso a la escolarización de 0-3 años, siendo esta escolarización una de las principales inversiones educativas del Plan de Recuperación, ya que la participación en esta etapa es uno de los predictores más importantes para la mejora de los resultados educativos y del desempeño futuro en todos los ámbitos de los niños y niñas. Además, una mayor disponibilidad y accesibilidad a estas plazas contribuye a potenciar la igualdad de oportunidades y la inclusión social.
La nueva norma se justifica por la finalidad de una inversión de gran impacto en el bienestar social, en la calidad y equidad educativa y en el equilibrio territorial, dado que en su implantación se prioriza el acceso a la educación del alumnado en aquellas zonas con mayor incidencia de riesgo de pobreza o exclusión social y la extensión de estas plazas a las áreas rurales.
Con ella se pretende, por último, cumplir con los objetivos, aplicando con eficacia y eficiencia los fondos europeos recibidos.
Establecer las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva para la construcción, ampliación y equipamiento de escuelas infantiles de primer ciclo cuya titularidad corresponda a entidades locales del territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Para el caso de su construcción, se prevé la financiación cuando no exista oferta de plazas de este ciclo en el ámbito territorial de la entidad local a 31 de diciembre de 2020.
Para el caso de su ampliación, se prevé su financiación siempre que dicha ampliación conlleve el incremento de plazas por aumento del número de unidades del centro.
En el caso del equipamiento, debe ir dirigido a las nuevas plazas creadas.
La construcción o ampliación de las escuelas infantiles deberá producirse a partir del 1 de enero de 2021.
Construcción de nuevas escuelas infantiles de titularidad de la Junta de Andalucía.
dgplanificacion.ced@juntadeandalucia.es
Quien formule estas aportaciones deberá incluir en su correo, su nombre y apellidos o razón social o denominación de la entidad a la que represente.
La Junta