Proyecto de modificación de orden por la que se modifica la orden de 7 de octubre de 2010, por la que se regula el desarrollo de los procesos electorales para la renovación y constitución de los Consejos Escolares de los centros docentes sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía, a excepción de los centros específicos de educación permanente de personas adultas, y se efectúa su convocatoria para el año 2010.

Información general

Antecedentes de la norma

La Ley orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación. La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. La Ley 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación de Andalucía. Decreto de 149/2009, de 12 de mayo, por el que se regulan los centros que imparten el primer ciclo de la educación infantil. Decreto 328/2010, de 13 de julio, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de las escuelas infantiles de segundo grado, de los colegios de educación primaria, de los colegios de educación infantil y primaria, y de los centros públicos específicos de educación especial. Decreto de 327/2010, de 13 de julio, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de los Institutos de Educación Secundaria.

Problemas que se pretenden solucionar

La experiencia acumulada a lo largo de los años de vigencia de la Orden 7 de octubre de 2010, por la que se regula el desarrollo de los procesos electorales para la renovación y constitución de los Consejos Escolares de los centros docentes sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía ha establecido la necesidad de ampliar los cauces de votación para garantizar el derecho a la participación en las elecciones al Consejo Escolar de toda la comunidad educativa. La participación es un valor básico en la educación del alumnado, por lo que el proceso de elección de las consejeras y consejeros escolares debe tener una normativa que facilite su desarrollo con eficiencia.  Es objetivo de esta Administración educativa promover el procedimiento telemático para facilitar la votación de las familias durante las elecciones de los miembros al Consejo Escolar. 

Necesidad y oportunidad de su aprobación

Se pretende mejorar el desarrollo de la normativa para responder a la situación actual. Por ello, la Consejería de Educación y Deporte inicia, mediante la publicación de la presente consulta pública previa, el procedimiento establecido en la normativa vigente para la publicación de disposiciones de carácter general. La Consejería de Educación y Deporte, en el diálogo que permanentemente mantiene abierto con la comunidad educativa y la ciudadanía, establecerá los mecanismos oportunos para informar sobre el avance posterior de este nuevo proyecto de Orden que inicia aquí su tramitación.

Objetivos de la norma

La presente Orden tiene por objeto regular el procedimiento de votación electrónica de elecciones al Consejo Escolar de los centros docentes sostenidos con fondos públicos.

Posibles soluciones alternativas

No existen otras soluciones alternativas dado que la regulación de esta materia requiere de una modificación de la Orden.

Envío de aportaciones

dg.diversidad.participacion.convivencia.ced@juntadeandalucia.es

Quien formule estas aportaciones deberá incluir en su correo, su nombre y apellidos o razón social o denominación de la entidad a la que represente.

Fecha de publicación
Periodo de vigencia
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Organismo
Desarrollo Educativo y Formación Profesional
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