Proyecto de Orden por la que se modifica la Orden de 5 de octubre de 2020, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva dirigidas a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral en Andalucía.
Información general
Orden de 5 de octubre de 2020, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva dirigidas a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral en Andalucía (BOJA núm. 197, de 09 de octubre de 2020).
Real Decreto 901/2020, de 13 de octubre, por el que se regulan los planes de igualdad y su registro y se modifica el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo (BOE núm. 272, de 14 de octubre de 2020).
La modificación de la Orden de 5 de octubre de 2020 se acomete para adaptar determinados aspectos del cuadro resumen de la Línea 7 referida a subvenciones para la elaboración de planes de igualdad a empresas con sede social en Andalucía a la regulación establecida por el Real Decreto 901/2020, de 13 de octubre, el cual entró en vigor con posterioridad a la aprobación de la Orden citada y que constituye legislación estatal básica en la materia.
Resulta necesario modificar el cuadro resumen de la Línea 7 de subvenciones destinadas empresas para la elaboración de planes de igualdad, aprobado por la Orden de 5 de octubre de 2020, para su adecuación al procedimiento de elaboración de planes de igualdad establecido en el Real Decreto 901/2020, de 13 de octubre, fundamentalmente en lo referente al procedimiento de negociación y registro de los planes de igualdad.
Asimismo, se reconsidera el requisito del número mínimo de personas trabajadoras de las empresas que deseen concurrir a estas subvenciones, pasando de un número mínimo de 15 a 10 personas trabajadoras, con la finalidad de favorecer que un mayor número de empresas puedan concurrir a las convocatorias.
Con la aprobación de subvenciones destinadas a la elaboración de planes de igualdad, la Comunidad Autónoma promueve que se implanten planes de igualdad en empresas que no estén obligadas a su elaboración, teniendo en consideración el número de personas trabajadoras con las que cuenta, favoreciendo así que se siga avanzando en la consecución efectiva de la igualdad entre mujeres y hombres en el ámbito laboral.
Modificar la Orden de 5 de octubre de 2020, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva dirigidas a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral en Andalucía, concretamente, la Línea de subvenciones destinada a la elaboración de planes de igualdad en empresas con sede social en Andalucía, para su adaptación al Real Decreto 901/2020, de 13 de octubre, por el que se regulan los planes de igualdad y su registro y se modifica el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo, el cual constituye normativa estatal básica en esta materia.
No proceden.
dgtbl.cefta@juntadeandalucia.es
Quien formule estas aportaciones deberá incluir en su correo, su nombre y apellidos o razón social o denominación de la entidad a la que represente.
La Junta