Orden por la que se establecen las bases reguladoras y se convoca la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, en el marco del plan PIMA Cambio Climático
Información general
• Plan Nacional de Adaptación al Cambio Climático 2021-2030
• Ley 7/2021, de 20 de mayo, de cambio climático y transición energética.
• Plan de Impulso al Medio Ambiente (PIMA) Cambio Climático
• Acuerdo del Consejo de Ministros, de 27 de octubre de 2020, por el que se aprueba la distribución territorial definitiva de los créditos presupuestarios correspondientes a los criterios objetivos y acuerdos fijados en la Conferencia Sectorial de Medio Ambiente celebrada el 21 de septiembre de 2020.
• Ley 8/2018, de 8 de octubre, de medidas frente al cambio climático y para la transición hacia un nuevo modelo energético en Andalucía
• Decreto 234/2021, de 13 de octubre, por el que se aprueba el Plan Andaluz de Acción por el Clima
• Orden de la Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior, de 20 de diciembre de 2019, por la que se aprueban las bases reguladoras tipo y los formularios tipo de la Administración de la Junta de Andalucía para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva
A pesar de que el cambio climático es un fenómeno global, sus impactos pueden sufrirse en una escala mucho más reducida, ocasionando graves perjuicios sobre los ámbitos medioambiental, económico y social de los municipios, e incluyendo pérdidas humanas y afecciones a la salud, daños a viviendas e infraestructuras, pérdida de negocios o disminución de la productividad laboral.
La vulnerabilidad y el riesgo frente al cambio climático dependen de las características físicas, biológicas, ecológicas, económicas, sociales y culturales de cada municipio. Por ello, lo que se persigue con esta Orden, es implementar acciones e iniciativas de adaptación, a nivel local o regional para incidir directamente sobre impactos y vulnerabilidades localmente específicos. En definitiva, fomentar y apoyar la adaptación al cambio climático en el espacio urbano y periurbano.
La Constitución española en su artículo 149.1.9ª reconoce que las comunidades autónomas podrán asumir competencias en materia de gestión de la protección del medioambiente. De acuerdo con ello el artículo 204 del Estatuto de Autonomía para Andalucía exige que los poderes públicos adopten medidas y estrategias dirigidas a evitar el cambio climático. Siendo clave para ello procurar la utilización racional de los recursos energéticos. Por otra parte el artículo 149.1.23º de la Constitución determina las competencias de las comunidades autónomas de establecer normas adicionales protección del medio ambiente. En el caso de la Comunidad Autónoma de Andalucía, esta previsión constitucional tiene su reflejo en el artículo 57.3 del Estatuto de Autonomía para Andalucía.
El Decreto 103/2019 de 12 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible, dispone en su artículo 1.1 que corresponden a la citada Consejería, entre otras, el ejercicio de las competencias atribuidas a la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de cambio climático.
La Orden que se pretende aprobar, desarrolla el PIMA cambio climático en Andalucía, con el objetivo de fomentar y apoyar la adaptación al cambio climático en el espacio urbano y periurbano, potenciando las sinergias entre las estrategias de adaptación y mitigación en la lucha frente al cambio climático.
Para dar respuesta a los problemas que se pretenden solucionar, y que son los más arriba expuestos, la disposición que nos ocupa tiene por objeto aprobar las bases reguladoras y convocar subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a financiar un amplio abanico de intervenciones en el medio urbano y periurbano de entidades locales y municipios con una población entre 50.000 y 100.00 habitantes de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
En las bases reguladoras de estas ayudas se definirán sus aspectos fundamentales, como las entidades que podrán ser beneficiarias y selección de las mismas, la actividad y gastos y conceptos subvencionables, así como los demás aspectos que deban ser establecidos conforme a lo dispuesto en la Orden de la Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior, de 20 de diciembre de 2019, por la que se aprueban las bases reguladoras tipo y los formularios tipo de la Administración de la Junta de Andalucía para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva.
No se han contemplado otras soluciones que no sean las regulatorias, ya que es taxativa la necesidad de establecer las bases reguladoras y convocar estas ayudas mediante la aprobación de una disposición en forma de Orden.
Los ciudadanos, organizaciones y asociaciones que así lo consideren, pueden hacer llegar sus opiniones sobre los aspectos planteados, a través del siguiente buzón de correo electrónico:
BBRR.PIMACC.cpp.cagpds@juntadeandalucia.es
Quien formule estas aportaciones deberá incluir en su correo, su nombre y apellidos o razón social o denominación de la entidad a la que represente.
La Junta