Proyecto de orden que regule el procedimiento para la declaración, revisión y revocación de las Zonas y Puntos de Interés Artesanal, y se aprueban los distintivos para su identificación.
Información general
Orden de 8 de septiembre de 2011, por la que se regula el procedimiento para la declaración, revisión y revocación de las Zonas y Puntos de Interés Artesanal, y se aprueba el distintivo para su identificación.
Mejorar y simplificar el procedimiento que regula la declaración, revisión y revocación de las Zonas y Puntos de Interés Artesanal, adaptando el mismo a lo dispuesto en el Decreto-ley 26/2021, de 14 de diciembre, por el que se adoptan medidas de simplificación administrativa y mejora de la calidad regulatoria para la reactivación económica en Andalucía.
Las modificaciones introducidas por el Decreto-ley 26/2021, de 14 de diciembre, por el que se adoptan medidas de simplificación administrativa y mejora de la calidad regulatoria para la reactivación económica en Andalucía, hace necesaria la aprobación de una nueva orden por la que se regulen las Zonas y Puntos de Interés Artesanal.
Establecer una nueva regulación de las Zonas y Puntos de Interés Artesanal, más simple, eliminando trabas administrativas para el ciudadano, conforme a lo dispuesto en el Decreto-ley 26/2021, de 14 de diciembre.
No se contempla.
dgcomercio.ceeta @juntadeandalucia.es
Pueden realizar aportaciones: La ciudadanía en general, las asociaciones y organizaciones empresariales que defiendan los intereses del sector artesano y cualquier otra organización que considere que debe realizar aportaciones.
Quien formule estas aportaciones deberá incluir en su correo, su nombre y apellidos o razón social o denominación de la entidad a la que represente.
La Junta