Pedir la revisión de tu grado de dependencia reconocido

Puedes solicitar una revisión de tu grado de dependencia reconocido si piensas que ya no se ajusta a tu situación actual:

  • Si tu situación ha empeorado y tienes más limitaciones físicas, cognitivas o sensoriales y necesitas más ayuda de la que tienes actualmente.
  • Si tu situación ha mejorado y, por tanto, has recuperado autonomía o funciones.

Si ya tienes reconocido el grado máximo (el grado III) solo puedes solicitar la revisión en caso de mejora. Si aún no tienes un grado de dependencia reconocido, consulta cómo solicitar el reconocimiento de la situación de dependencia.

Cuándo puedes solicitar la revisión de tu grado de dependencia

De forma general, puedes solicitar la revisión cuando pase un año desde la última resolución de reconocimiento que hayas recibido. 

Sin embargo, si se produce un empeoramiento significativo de tu situación puedes realizar la solicitud en cualquier momento. En este caso, añade a la solicitud un informe médico que detalle tus condiciones de salud.

Cómo solicitar la revisión 

Los pasos son los mismos que para solicitar el reconocimiento de la situación de dependencia.

1. Presentar la solicitud
2. Visita domiciliaria
3. Resolución y reconocimiento

1. Presenta la solicitud

Completa el formulario con los datos personales y marca la causa de la revisión: empeoramiento o mejoría. Junto con la solicitud debes presentar un informe médico reciente, normalmente de tu médico o médica de cabecera, que justifique por qué pides la revisión: empeoramiento o mejoría de tu salud.  Debe tener el siguiente formato: 

Solicita la revisión del grado de dependencia de manera segura y eficaz a través de internet:

INICIAR TRÁMITE

Requiere certificado digital o registro en el sistema Cl@ve.

También puedes realizar el trámite, de forma presencial, en una oficina de asistencia en materia de registro (se necesita cita previa). Descarga y rellena la solicitud de revisión del grado de dependencia (pdf)

Puedes presentar la solicitud como persona solicitante o persona representante. En caso de presentarla en nombre de otra persona, debes adjuntar la documentación acreditativa de la representación. Es aconsejable marcar la casilla para autorizar la consulta de tus datos. Si no la marcas, tendrás que presentar la documentación adicional especificada en la solicitud.

2. Visita domiciliaria

Al igual que en el procedimiento de reconocimiento de la situación de dependencia, el personal de atención a la dependencia se desplazará a tu domicilio y realizará una nueva valoración. 

La persona que realice la valoración obtendrá la información necesaria, te informará de las prestaciones y servicios que te pueden corresponder y consultará tus preferencias al respecto.

Más información sobre los grados de dependencia.

3. Resolución y reconocimiento

Te comunicarán la resolución por el medio que indicaste en la solicitud (de forma electrónica o en papel,).

Si tu grado de dependencia cambia, se revisará de oficio tu Programa Individual de Atención (PIA). Esta revisión se hace cuando es necesario modificar el servicio o la prestación económica que recibes, o ajustar su intensidad.

Cuánto tarda

El tiempo medio de espera es similar a la petición de reconocimiento, por lo que puede tardar alrededor de un año.

Este plazo es menor en los casos con tramitación preferente:

  • Situaciones de urgencia o emergencia social identificadas por los servicios sociales comunitarios.

  • Solicitudes de niñas y niños menores de 6 años.

  • Solicitudes de personas con ELA.

Consulta el estado de tu solicitud

Si ya has formulado una solicitud y quieres saber el estado en el que se encuentra, utiliza el siguiente enlace:

Información adicional

Para solicitar más información llama a los teléfonos 012 o 955 012 012.

O escríbenos a través del formulario de consultas del Servicio 012.

También tienes también a tu disposición otros Canales de atención a la ciudadanía.