Convenio con el Ayuntamiento de Lucena para promover y fomentar una mejor atención de las personas beneficiarias del régimen de protección temporal afectadas por el conflicto en Ucrania.

Fecha de suscripción
Partes firmantes
La Consejera de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad
El Alcalde de Lucena (Córdoba)
Duración
El presente convenio estará vigente desde la fecha de su firma hasta el 31 de marzo de 2024, No obstante, en virtud de lo establecido en el artículo 1 del Real Decreto 672/2022, se compensarán los gastos financiables recogidos en su artículo 6, realizados por la entidad local desde l 24 de febrero de 2022 hasta el 31 de diciembre de 2023. Se podrá realizar una prórroga del convenio por mutuo acuerdo de las partes.

Objeto

Modificaciones

Los Términos del presente Convenio de colaboración podrán ser modificados, a propuesta de la Comisión de Seguimiento, mediante acuerdo expreso y unánime de las partes firmantes. La modificación se formalizará en una adenda que se incorporará como parte inseparable del texto del Convenio.

La modificación del Convenio tendrá lugar en todo caso, cuando se modifique la resolución de la Secretaría del Estado de Migraciones de 10 de diciembre de 2022, de concesión de la subvención a la Comunidad Autónoma de Andalucía

Obligaciones económicas

Mediante estas subvenciones se financiarán las actuaciones relacionadas en el artículo 6.2 del Real Decreto 672/2022, relativas a aquellas que supongan incrementos de gastos corrientes y de personal derivados del desarrollo de las siguientes prestaciones y actividades en que ha incurrido la entidad local.

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