Convenio de colaboración entre el Consejo General del Poder Judicial, la Junta de Andalucía y la Federación Andaluza de Municipios y Provincias, en materia de lanzamiento de vivienda familiar en los procedimientos de desahucios y ejecución hipotecaria.
Con fecha 1 de marzo de 2018 se acordó por las partes firmantes una adenda de prórroga del convenio hasta el 1 de marzo de 2019, en los términos que se recogen en la misma.
Objeto
El presente Convenio de colaboración tiene por objeto establecer un protocolo de actuación que desarrolle el procedimiento de comunicación entre la Autoridad Judicial y los servicios sociales de carácter general, sean competencia de la Consejería con atribuciones en materia de Políticas Sociales o de las entidades locales que se adhieran al presente Convenio, y específicos en materia de vivienda, competencia de la Consejería con atribuciones en materia de Vivienda o de carácter local, cuando con motivo de un lanzamiento derivado de un procedimiento de ejecución hipotecaria o de un desahucio por falta de pago de la renta, se observe una situación de especial vulnerabilidad, sea por existir elementos que permitan pensar en la aplicación del Código de Buenas Prácticas Bancarias, de la Ley 1/2013, de 14 de mayo, o de la Ley 25/2015, de 28 de julio, ya sea por razones de edad, imposibilidad de valerse por uno mismo o cualesquiera otras que se puedan tener en consideración.
De igual modo, se establece un procedimiento ágil por la Consejería competente en materia de Justicia para la implementación en el sistema informático de gestión procesal de los instrumentos necesarios que faciliten la información a la ciudadanía de los recursos asistenciales existentes a tal efecto, así como para el aseguramiento del ejercicio del derecho de defensa y representación mediante la asistencia jurídica gratuita.
Ademas el Convenio viene a fijar las condiciones y términos de colaboración entre el Consejo General del Poder Judicial y los órganos competentes autonómicos y locales en punto a facilitar el acceso a los datos personales que figuren en los ficheros de carácter jurisdiccional en relación con la materia con la finalidad de atender dichas situaciones.
Se han suscrito entre las partes dos prórrogas al presente convenio, una de fecha 13 de marzo de 2017 y otra de fecha uno de marzo de 2018.
Obligaciones económicas
El presente Convenio no comporta gasto alguno para las partes firmantes.
La consejería