Convenio de asistencia jurídica entre la Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior y la Agencia Andaluza de la Energía.

Fecha de suscripción
Partes firmantes
Consejero de la Presidencia, Administración Pública e Interior
Director Gerente de la Agencia Andaluza de la Energía
Duración
Cuatro años, pudiendo prorrogarse por igual periodo mediante acuerdo unánime de los firmantes.

Objeto

El presente Convenio tiene por objeto prestar asistencia jurídica a la Agencia Andaluza de la Energía, por medio de los Letrados y las Letradas de la Junta de Andalucía integrados en el Gabinete Jurídico. La asistencia jurídica comprenderá tanto el asesoramiento jurídico como la representación y defensa ante cualesquiera jurisdicciones y órganos jurisdiccionales en los mismos términos previstos para la asistencia jurídica a la Administración de la Junta de Andalucía.

Obligaciones económicas

A efectos de la financiación del presente Convenio, la Agencia ingresará en la Tesorería de la Junta de Andalucía la cantidad de sesenta y cinco mil euros anuales (65.000 €), pagaderos por terceras partes en los cinco primeros días naturales de los meses de abril, agosto y diciembre.

Dicha cantidad anual podrá ser objeto de revisión al cabo del segundo año, en su caso, o siguientes años de vigencia y de mutuo acuerdo entre las partes, en función del número y la importancia de los asuntos u otras circunstancias que sean de interés para ambos, incorporándose como Anexo al presente Convenio el acuerdo de revisión adoptado.

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