Convenio entre el Ministerio de Consumo, la Consejería de Salud y Familias de la Junta de Andalucía y el Ayuntamiento de Sevilla, para la constitución de la Junta Arbitral de Consumo del Ayuntamiento de Sevilla.

Fecha de suscripción
Partes firmantes
Ministerio de Consumo
Consejería de Salud y Familias
Ayuntamiento de Sevilla
Duración
Tendrá una vigencia de cuatro años, prorrogables, por mutuo acuerdo de las partes, antes de su finalización por un periodo de hasta cuatro años adicionales, que se formalizará mediante adenda al presente Convenio.

Objeto

El objeto de este Convenio es determinar que la Junta Arbitral de Consumo del Ayuntamiento de Sevilla, con sede en Sevilla, cuyo ámbito territorial viene determinado por el propio del municipio de Sevilla, conocerá, con carácter prioritario, de las reclamaciones de los consumidores de dicho ámbito, en relación con sus derechos legalmente reconocidos, de conformidad con los criterios competenciales y el procedimiento establecido en el Real Decreto 231/2008, de 15 de febrero, por el que se regula el Sistema Arbitral de Consumo o disposición que lo sustituya.

Obligaciones económicas

El presente Convenio configura una actividad de colaboración que no genera compromisos financieros para ninguna de las partes.

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