Convenio entre el Ministerio de Consumo, la Consejería de Salud y Familias y la Diputación Provincial de Granada, para la constitución de la Junta Arbitral Provincial de Consumo de Granada

Fecha de suscripción
Partes firmantes
Ministerio de Consumo
Consejería de Salud y Familias
Diputación Provincial de Granada
Duración
Tendrá una vigencia de cuatro años, prorrogables, por mutuo acuerdo de las partes, antes de su finalización por un periodo de hasta cuatro años adicionales, que se formalizará mediante adenda al presente Convenio.

Objeto

El objeto de este Convenio es determinar que la Junta Arbitral Provincial de Consumo de Granada, con sede en Granada, cuyo ámbito territorial viene determinado por el propio de la provincia de Granada, conocerá, con carácter prioritario, de las reclamaciones de los consumidores de dicho ámbito, en relación con sus derechos legalmente reconocidos, de conformidad con los criterios competenciales y el procedimiento establecido en el Real Decreto 231/2008, de 15 de febrero, por el que se regula el Sistema Arbitral de Consumo o disposición que lo sustituya.

Obligaciones económicas

El presente Convenio configura una actividad de colaboración que no genera compromisos financieros para ninguna de las partes.

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