Protocolo General de Actuación entre la Consejería de Salud y Consumo, el SAS y el Consejo Andaluz de Colegios Oficiales de Farmacéuticos, para impulsar y fomentar la colaboración de las oficinas de farmacias

Fecha de suscripción
Partes firmantes
Consejera de Salud y Consumo
Directora Gerente del Servicio Andaluz de Salud
Presidente del Consejo Andaluz de Colegios Oficiales de Farmacéuticos
Duración
El presente Protocolo General de Actuación surtirá efectos desde la fecha de su firma y su vigencia será de cuatro (4) años, pudiendo acordarse su prórroga anual hasta cuatro años más, de forma expresa y por escrito antes de la finalización de la vigencia del Protocolo General de Actuación.

Objeto

Es objeto del presente Protocolo General de Actuación el establecimiento de las bases y criterios dentro de los cuales se podrán formular los convenios específicos entre la Junta de Andalucía, a través de la Consejería de Salud y Consumo y el Servicio Andaluz de Salud, y el Consejo Andaluz de Colegios Oficiales de Farmacéuticos, y todo ello con la finalidad de impulsar y fomentar la colaboración de las oficinas de farmacia de Andalucía en beneficio de la salud pública.

Para ello, desde la fecha de la suscripción del presente Protocolo General de Actuación, las partes que lo suscriben iniciarán los trabajos necesarios para el cumplimiento de dicho objetivo, prestándose mutuamente en todo caso la colaboración que sea requerida.

Modificaciones

 

 

Obligaciones económicas

El presente Protocolo General de Actuación no conlleva ningún compromiso de gasto. Las aportaciones económicas por los costes que genere la colaboración serán evaluadas y acordadas por cada uno de los Convenios Específicos en que ésta se concrete.

La firma de todo Convenio Específico que implique gasto para la Consejería de Salud y Consumo o para el Servicio Andaluz de Salud estará supeditada a la viabilidad del mismo y a la existencia de disponibilidad presupuestaria.

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